En Que Consiste El Beneficio De Quiebra Personal?

En Que Consiste El Beneficio De Quiebra Personal
¿Cuál es el beneficio de la quiebra personal en Chile? – Los beneficios de la quiebra personal los podemos resumir en dos: a) Permite renegociar plazos y montos con tus acreedores; b) Si no se llega acuerdo, liquidar tus bienes, en cuyo caso se extingue la deuda y se borran tus antecedentes comerciales.
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¿Cuáles son los beneficios de la bancarrota?

¿Alivio de deuda o bancarrota? El,gov significa que es oficial. Los sitios web del gobierno federal siempre usan un dominio,gov o,mil. Antes de compartir información confidencial en línea, asegúrese de estar en un sitio,gov o,mil. Este sitio es seguro. El https:// medios todos los datos transmitidos son cifrados – en otras palabras, cualquier información o el historial de navegación que proporcione se transmite de forma segura. ¿Las deudas lo están hundiendo? Usted no está solo.

  1. El nivel de endeudamiento de los consumidores es más alto que nunca.
  2. Ya sea que su problema de deuda esté causado por una enfermedad, el desempleo o simplemente por un gasto excesivo, puede resultarle una situación agobiante.
  3. En su esfuerzo por recuperar su solvencia, manténgase alerta a los anuncios que ofrecen rápidas soluciones.

Aunque los anuncios ofrecen alivio de la deuda, rara vez mencionan que dicho alivio puede ser interpretado llanamente como b-a-n-c-a-r-r-o-t-a. Y aunque la bancarrota o quiebra es una alternativa para tratar la solución de los problemas económicos, es generalmente considerada como la opción de último recurso debido a que tiene un impacto negativo a largo plazo sobre su solvencia.

La información de una declaración de quiebra o bancarrota (tanto la fecha de presentación como la del descargo de sus deudas) permanece en sus registro de crédito por un período de 10 años, y puede obstaculizar el otorgamiento de crédito, la obtención de empleo, seguro o hasta puede ser una dificultad para conseguir un lugar para vivir.

La Comisión Federal de Comercio ( Federal Trade Commission, FTC) les advierte a los consumidores que lean entrelíneas cuando se enfrenten a anuncios publicados en periódicos, revistas o guías telefónicas con frases tales como: “Consolide sus facturas en un pago mensual sin tomar préstamo.” “DETENGA el acoso crediticio, ejecuciones, incautaciones, imposiciones fiscales y embargos.” “Conserve Su Propiedad.” “¡Borre sus deudas! ¡Consolide sus facturas! ¿Cómo? Valiéndose de la protección y asistencia otorgada por ley federal.

Usted se dará cuenta luego que este tipo de frases, con frecuencia, involucran procedimientos de quiebra o bancarrota, lo que puede afectar su crédito y representar gastos de honorarios de abogados.Si usted está teniendo dificultades para pagar sus facturas, considere estas posibilidades antes de considerar la presentación de una quiebra o bancarrota.

Hable con sus acreedores, Puede que ellos deseen trabajar con usted en la búsqueda de un plan modificado de pago. Contacte un servicio de asesoría de crédito, Estas organizaciones trabajan con usted y sus acreedores para desarrollar planes de repago de deudas. Estos planes requieren que usted le deposite dinero mensualmente al servicio de asesoría; luego el servicio le paga a sus acreedores. Algunas organizaciones sin fines de lucro cobran cargos bajos o prestan estos servicios gratuitamente. Considere cuidadosamente una segunda hipoteca o una línea de crédito sobre el valor neto de su amortización hipotecaria, Si bien estos préstamos pueden permitirle la consolidación de su deuda también requieren que someta su casa como colateral.

Si ninguna de estas opciones es posible, la bancarrota puede ser la alternativa más factible. Existen dos tipos primarios de quiebra personal: la del Capítulo 13 y la del Capítulo 7 de la Ley de Quiebras. Ambos tipos de bancarrota deben presentarse ante una corte federal de quiebras.

Los cargos por la presentación de la declaración de quiebra son de varios cientos de dólares. Para más consultar más información sobre los cargos aplicables, visite, Los honorarios del abogado son adicionales y pueden variar ampliamente. Las consecuencias de la bancarrota o quiebra son significativas y requieren una consideración cuidadosa.

Otros factores a tener en cuenta: A partir de octubre de 2005 el Congreso efectuó cambios radicales a las leyes de bancarrota. El efecto integral de estos cambios se centra en ofrecer a los consumidores un mayor incentivo para optar por el descargo de deudas del Capítulo 13 en lugar del Capítulo 7.

La bancarrota contemplada por el Capítulo 13 le permite conservar sus bienes en caso de que usted tenga ingresos estables fijos, por ejemplo usted podría conservar su casa hipotecada o un automóvil, o sea los bienes que de otra manera hubieran sido perdidos. A través de la quiebra contemplada en el Capítulo 13, la corte aprueba un plan de repago de la deuda que le permite utilizar sus ingresos futuros para pagar sus deudas durante un período de tres a cinco años en vez de perder cualquier bien o propiedad.

Después de efectuar todos los pagos establecidos por el plan usted recibirá un descargo de sus deudas. La quiebra contemplada por el Capítulo 7, conocida como bancarrota directa, involucra la liquidación de todos los activos que no estén exentos. Los bienes exentos pueden incluir automóviles, herramientas de trabajo y mobiliario básico de la vivienda.

  • Parte de sus bienes pueden ser vendidos por un oficial designado por la corte — un síndico — o reintegrados a sus acreedores.
  • Las nuevas leyes de bancarrota han modificado el período durante el cual puede recibir un descargo bajo el Capítulo 7 antes de poder volver a presentar una declaración de bancarrota bajo ese mismo capítulo.

El período de espera establecido bajo el Capítulo 13 es más corto y este plazo puede llegar a ser de dos años de espera entre presentaciones. Ambos tipos de quiebra le permitirán deshacerse de las deudas no garantizadas y detener ejecuciones, incautaciones o embargos, confiscaciones, emplazamientos, cortes de suministro de servicios y actividades de cobradores de deuda.

  • Ambas quiebras disponen exenciones que permiten conservar determinados tipos de activos, los montos de estas exenciones pueden ser variables.
  • Generalmente, la quiebra personal no permite incumplir las obligaciones de pago de la pensión alimenticia por cónyuge o hijo, multas, impuestos y algunas obligaciones de préstamos para estudiantes.

Asimismo, bajo lo establecido en el Capítulo 13, la declaración de bancarrota no le permite conservar sus bienes en caso de que su acreedor posea una hipoteca impaga o un derecho sobre la misma, excepto que usted cuente con un plan de repago de su deuda.

  • Otro importante cambio introducido a las leyes aplicables a la bancarrota comprende ciertos requerimientos que deben cumplimentarse antes de declararse en quiebra o bancarrota, cualquiera sea el capítulo por el cual opte.
  • Usted debe recibir asesoría de crédito de parte de una organización aprobada por el gobierno dentro de los seis meses previos a la presentación de un caso de bancarrota que le conceda el descargo del pago de sus deudas.

Puede encontrar una lista de organizaciones debidamente aprobadas por el gobierno en cada estado en el sitio Web del U.S. Trustee Program,, la organización dependiente del Departamento de Justicia de EE.UU. que supervisa los casos de bancarrota y a los síndicos actuantes.

Además, antes de presentar un caso de bancarrota conforme al Capítulo 7 usted debe someterse a una “prueba de ingresos y recursos” para comprobar fehacientemente que sus ingresos no exceden determinado monto. Este monto de ingresos varía por estado y es publicado en el sitio Web del U.S. Trustee Program,

Anteriormente, este artículo se llamaba Los anuncios que prometen aliviar sus deudas pueden estar ofreciendo bancarrota. : ¿Alivio de deuda o bancarrota?
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¿Qué es la quiebra personal en Chile?

Es un procedimiento administrativo, gratuito y voluntario, cuya finalidad es que la persona deudora pueda renegociar sus deudas con nuevas condiciones de pago o vender sus bienes para el pago de las mismas. En este procedimiento, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) tiene como función actuar como facilitadora de acuerdos, ayudando a que las partes, deudor y acreedores, puedan adoptar una solución satisfactoria.

  • Los requisitos para la renegociación de deudas,
  • Las preguntas frecuentes sobre la renegociación de deudas.
  • Cómo solicitar la liquidación de sus bienes,

El trámite puede realizarse durante todo el año en el sitio web de la Superir, Pueden acceder a este procedimiento las personas naturales que sean calificadas como persona deudora, es decir:

  • Quienes no hayan emitido boletas de honorarios en los últimos 24 meses.
  • Quienes no sean calificadas como contribuyentes de primera categoría por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Además, la persona deudora debe cumplir con otros requisitos.

  1. Tener dos o más obligaciones (deudas) vencidas:
    • Por más de 90 días corridos.
    • Actualmente exigibles.
    • Que provengan de obligaciones distintas.
    • Que sumen en total más de 80 unidades de Fomento (UF).
  2. No debe haber sido notificada de una demanda de liquidación forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra que no sea de origen laboral. Para revisar si tiene una demanda asociada a su RUN, puede ingresar a “Consulta estado de causas”,

Para iniciar el procedimiento de renegociación a través del sitio web, la persona deberá tener activada su ClaveÚnica, A través de este procedimiento, la persona deudora podrá acordar la renegociación de sus deudas, determinando con sus acreedores nuevas condiciones de pago.

Por ejemplo, la persona puede solicitar más plazo para pagar, una menor tasa de interés o meses de gracia, entre otras; o bien, en caso de que no se logre acuerdo de renegociación, acordar la venta de todos los bienes que forman parte de su patrimonio para pagar a sus acreedores con el dinero obtenido.

Este proceso consta de tres audiencias:

  1. De determinación del pasivo.
  2. De renegociación.
  3. De ejecución.

Además, la Superir elaboró el sitio web TenlaClara.cl para resolver dudas de personas y emprendimientos con deudas. Documentos obligatorios Para iniciar el procedimiento, la persona deudora deberá presentar los siguientes documentos:

  1. Declaración jurada con una lista de todas sus obligaciones (deudas).
  2. Declaración jurada de todos los ingresos que percibe y sus documentos justificativos.
  3. Declaración jurada con el listado de todos sus bienes, indicando aquellos que la ley declara inembargables y señalando sus gravámenes y prohibiciones, si correspondiere.
  4. Declaración jurada en que conste que es persona deudora.
  5. Declaración jurada en que conste que no se ha notificado de una demanda de liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo que no sea de origen laboral.
  6. Propuesta de renegociación de todas sus obligaciones.
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Importante : revise el modelo de declaraciones juradas requeridas por la ley, que ofrece la Superir, así como la guía interactiva para la realización de declaraciones y propuesta de renegociación. Documentos para facilitar el Procedimiento Concursal de Renegociación Además de los documentos señalados anteriormente, la persona solicitante deberá acompañar:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados, tanto de la persona deudora como del apoderado, apoderada o representante, si corresponde.
  2. Certificado de matrimonio, en caso de que corresponda.
  3. Documentos que acrediten todas las deudas, tanto las que tiene al día como las deudas que se encuentran vencidas.
  4. Documentos para acreditar sus ingresos.
  5. Certificado de cotizaciones previsionales de los últimos 12 meses en que conste el RUT de la entidad pagadora.
  6. Informe de deudas emitido por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
  7. Certificado de morosidades emitido por el Boletín Comercial.
  8. Certificados de dominio vigente de los bienes sujetos a sistema de inscripción (por ejemplo: vehículos e inmuebles ).
  9. Certificado de hipotecas, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de los mismos.
  10. Certificado de avalúo fiscal de los inmuebles que se declaran y tasación fiscal de los muebles que se declaran si corresponde.
  11. Carpeta tributaria para solicitar créditos con el Formulario 22 y el Formulario 29, los que puede obtener desde el Servicio de Impuestos Internos (SII),
  12. Informe de la boletas de honorarios emitidas de los tres últimos años calendario anteriores a la presentación de la solicitud de inicio.
  13. Informe de boletas de honorarios de terceros recibidas (BTE) correspondiente a los tres últimos años calendario, anteriores a la presentación de la solicitud de inicio.
  14. Información de sus ingresos agentes retenedores y otros, correspondiente a los tres últimos años calendario, anteriores a la presentación de la solicitud de inicio.

Importante :

  • Las declaraciones juradas no deben ser autorizadas ante notario público.
  • Si lo hace de manera online, debe contar con ClaveÚnica,

– Instrucciones Trámite en línea

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “ir al trámite en línea”.
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione “iniciar procedimiento concursal de renegociación”.
  4. Escriba su RUN y clave, y haga clic en “continuar”. Si no tiene ClaveÚnica, solicítela,
  5. Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, haga clic en “siguiente” y, posteriormente, en “finalizar”.
  6. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de inicio del procedimiento concursal de renegociación y recibirá un comprobante de ingreso-solicitud de inicio.

Importante, Analizados los antecedentes, la Superintendencia podrá:

  1. En el caso de que sus antecedentes sean suficientes, dictar la correspondiente Resolución de Admisibilidad de su solicitud, en el plazo de cinco días hábiles. Una vez notificada la resolución en el Boletín Concursal, los acreedores no podrán demandar su liquidación forzosa, ni iniciar en su contra juicios ejecutivos o ejecuciones de cualquier clase. Además, no se producirán intereses moratorios y no se podrán celebrar contratos relativos a los bienes de la persona deudora.
  2. Ordenar que rectifique los antecedentes o que entregue información adicional, en el plazo que la Superintendencia determine.
  3. Declarar inadmisible la solicitud por las siguientes causales:
    • No cumplir la persona deudora con los requisitos exigidos en la ley.
    • Incumplimiento de algunos de los antecedentes que se deben acompañar a la solicitud de inicio del procedimiento concursal de renegociación.
    • Que la persona solicitante no haya subsanado los defectos o inconsistencias en el plazo fijado por la Superintendencia.

– Instrucciones Trámite en Sucursal

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), ubicada en Hermanos Amunátegui 228, Santiago, También puede acudir a una de sus oficinas regionales,
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el inicio de procedimiento concursal de renegociación.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de inicio del procedimiento concursal de renegociación y recibirá un comprobante de ingreso-solicitud de inicio.

Importante : analizados los antecedentes, la Superintendencia podrá:

  1. En el caso de que sus antecedentes sean suficientes, dictar la correspondiente Resolución de Admisibilidad de su solicitud, en el plazo de cinco días hábiles. Una vez notificada la resolución en el Boletín Concursal, los acreedores no podrán demandar su liquidación forzosa, ni iniciar en su contra juicios ejecutivos o ejecuciones de cualquier clase. Además, no se producirán intereses moratorios, ni se podrán celebrar contratos relativos a los bienes de la persona deudora.
  2. Ordenar que rectifique los antecedentes o que entregue información adicional, en el plazo que la Superintendencia determine.
  3. Declarar inadmisible la solicitud por las siguientes causales:
    • No cumplir la persona deudora con los requisitos exigidos en la ley.
    • Incumplimiento de algunos de los antecedentes que se deben acompañar a la solicitud de inicio del procedimiento concursal de renegociación.
    • Que la persona solicitante no haya subsanado los defectos o inconsistencias en el plazo fijado por la Superintendencia.

– Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado El trámite es gratuito y no requiere el patrocinio de un abogado o una abogada.
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¿Qué pasa cuando una persona está en quiebra?

-La quiebra priva al deudor de la administración de sus bienes y se la otorga al síndico. La quiebra tiene como objeto que con los bienes del deudor se pague a los acreedores, íntegramente o hasta donde se alcance.
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¿Cómo funciona la ley de quiebras en Chile?

La ley de quiebra persona permite que todas las personas sin capacidad económica suficiente para pagar sus deudas, reinicien su vida económica con nuevas oportunidades de participación en el mercado laboral y crediticio.
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¿Cuántos años dura la bancarrota?

Reporte de Crédito – Generalmente, la Corte de Bancarrota no controla las acciones de las agencias de reporte de crédito. Los deudores deben comunicarse directamente con las agencias de reporte de crédito para discutir el tiempo de duración de la bancarrota en sus reportes de crédito.

  • En caso que el deudor tenga dudas al respecto o tenga problemas obteniendo ayuda de las agencias de crédito, debe comunicarse con la Federal Trade Commission, Consumer Response Center (CR-240), Washington, D.C.20580.
  • El número telefónico (202) 326-2222.
  • Estas son algunas reglas generales: Caso de Bancarrota Indebido Involuntario – Si una de las partes solicita de forma indebida la petición involuntaria de bancarrota contra del deudor, la Corte de Bancarrota podría dictar orden de prohibición a las agencias de reporte de crédito de reportar la bancarrota en el reporte de crédito del deudor.

Caso de Bancarrota Voluntario – La Ley del Reporte Justo de Crédito, 15 U.S.C. Sección 1681 et seq., es la ley que controla las agencias de reporte de crédito. La ley estipula que las agencias de reporte de crédito no deben reportar los casos de bancarrota después de (10) años de la fecha en que el caso de bancarrota fue presentado.
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¿Qué pasa si me declaro en insolvencia económica?

El Código General del Proceso, en su artículo 532, establece que el ‘Régimen de Insolvencia para la Persona Natural no Comerciante’ le será aplicable a las personas naturales que no ejerzan profesionalmente el comercio ni que forme parte de un grupo de empresas.

Según el artículo 538, la persona natural podrá acogerse a los procedimientos de insolvencia cuando ” como deudor o garante incumpla el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de noventa (90) días, o contra el cual cursen dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.

En cualquier caso, el valor porcentual de las obligaciones deberá representar no menos del cincuentapor ciento del pasivo total a su cargo”. En este episodio de Consultorio Jurídico hablamos con un abogado experto de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre para despejar algunas de las dudas frecuentes sobre este tema.

Al final del artículo encontrará el formulario para que deje su pregunta sobre este o cualquier otro tema de interés. Recuerde consultar los términos y condiciones del formato. Conforme el artículo 538 del Código General del Proceso, se establece una serie de requisitos para que una persona natural no comerciante pueda acogerse a la ley de insolvencia económica, siendo el primero que se encuentre en cesación de pagos, esto significa que debe presentar dos o más acreencias en mora con dos o más acreedores por más de 90 días o que tenga admitidas dos o más demandas ejecutivas en su contra y que el monto de dichas obligaciones, al momento de solicitar el ingreso a insolvencia, supere el 50% del pasivo total.

(Le recomendamos leer: ¿Me pueden reportar en Datacrédito por una sola cuota atrasada? ) Para acogerse a la Ley de insolvencia económica, las personas podrán acudir a cualquier centro de conciliación del lugar de domicilio del deudor expresamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho o ante cualquier notaría del domicilio de deudor.

Para dicha solicitud, el deudor deberá presentar: -Informe que indique las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pagos. -Una propuesta para la negociación de las deudas de forma clara, expresa y objetiva. -Una relación completa y actualizada de todos los acreedores en el orden de prelación de créditos indicando nombre, domicilio, correo electrónico, diferenciando capital de intereses, naturaleza del crédito, fecha de otorgamiento y vencimiento del crédito, datos de los codeudores, fiadores o avalistas.

(Además: ¿Pueden embargar el inmueble si no pago las cuotas de administración? ) -Una relación completa y detallada de los bienes del deudor, los datos e identificación del inmueble, la información de los gravámenes, afectaciones y medidas cautelares que pesen sobre ellos e indicar si tienen afectación a vivienda familiar o si son objeto de patrimonio de familia inembargable.

Relación de los procesos judiciales o cualquier otra actuación o procedimiento administrativo de carácter patrimonial que adelante el deudor o que curse contra él, indicando el juzgado y su estado actual. -Certificación de ingresos del deudor. (Siga leyendo: Si fui infiel, ¿tengo derecho a la mitad de los bienes en el divorcio? ) -Información relacionada si tiene sociedad conyugal o patrimonial vigente.

-Una discriminación de las obligaciones alimentarias a su cargo. Para que la figura de insolvencia se pueda aplicar, debe acreditarse que la persona no tiene la calidad de comerciante. No obstante, el artículo 532 del Código General del Proceso establece una prohibición para las personas no comerciantes que tengan la condición de controlantes de sociedades mercantiles o que formen parte de un grupo de empresas, pues dichas personas estarán sometidas al régimen previsto en la Ley 1116 de 2006.

  • La Ley de Insolvencia económica no condona deudas, lo que permite es negociar la forma de pago de las deudas a través de un acuerdo con los acreedores, de tal manera que el deudor podrá reestructurar sus obligaciones con los acreedores y normalizar sus relaciones crediticias.
  • Lea también: Si una deuda prescribió, ¿es cierto que ya no debo pagarla? ) Por regla general, resulta bastante recomendable que cuando una persona natural que no ejerce profesionalmente el comercio se encuentre en un estado de cesación de pagos se acoja al régimen de insolvencia previsto en el Código General del Proceso, porque le permite negociar sus deudas a través de un acuerdo con sus acreedores para obtener la normalización de sus relaciones crediticias o convalidar los acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores y, en casos extremos, liquidar su patrimonio.
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(También puede consultar: ¿Cuáles son los errores frecuentes a la hora de interponer una tutela? ) No obstante, pueden haber casos de excepción en los cuales, por circunstancias no solo de orden económico, sino personal y familiar, a un deudor insolvente le resulte más conveniente continuar o enfrentar los procesos de ejecución que cursen o que se inicien en su contra por 2 o más acreedores determinados, pero cada caso se tendría que revisar con todas sus particularidades para poder asesorar el deudor y que sea él quien tome la decisión.

¿Cómo puedo acogerme a la ley de insolvencia o de reorganización? debido a la pandemia estoy atrasada en pagos por falta de trabajo ​La ley de insolvencia económica es el mecanismo al que puede adherirse una persona natural o jurídica cuando se encuentre imposibilitada para cumplir con sus obligaciones.

Las personas que pueden aprovechar de este régimen en Colombia son: cualquier persona que no ejerza profesionalmente en el comercio, es decir, que no este registrado como comerciante ante entidades como la DIAN o Cámara de Comercio. En segunda medida, agricultores o ganaderos que no se hayan organizado como empresarios.

Asimismo, artistas, servidores públicos o personas que se dediquen a profesiones liberales, pensionados o amas de casa, se puede realizar el proceso de insolvencia económica. Esto se puede realizar a través de las Cámaras de Comercio a nivel nacional, centros de conciliación autorizados por el Ministerio de justicia y del derecho o universidades autorizadas.

Estoy sin empleo y con los bancos presionando, el jueves pasado me llego demanda por parte del banco, mis deudas superan los 80 millones de pesos, pero no tengo dinero para pagar las tarifas de la ley de insolvencia, ¿qué puedo hacer? Es necesario realizar una conciliación directamente con la entidad financiera, donde se pacte la forma en la que podría llegar a pagarlo, acogiéndose a los beneficios que la entidad menciona en la página de internet.

En caso de no lograr un acuerdo con la entidad, se deberá acoger a la Ley 1380 / 2010 Régimen de Insolvencia, artículo 1° “Finalidad del Régimen de Insolvencia Económica para la Persona Natural No Comerciante. El régimen de insolvencia regulado en la presente ley tiene por objeto permitirle al deudor persona natural no comerciante, acogerse a un procedimiento legal que le permita mediante un trámite de negociación de deudas en audiencia de conciliación extrajudicial, celebrar un acuerdo de pago validado ante un conciliador autorizado, con los acreedores y cumplir así con sus obligaciones pecuniarias pendientes, sin importar su naturaleza, salvo las originadas en obligaciones alimentarias, ni los procesos ejecutivos correspondientes a las mismas.”.

Por otra parte, las condiciones para ser admitido en un proceso de insolvencia de personas naturales no comerciante son los siguientes: -Haber incumplido el pago de dos o más obligaciones financieras (como deudor o codeudor). -Deberle a dos o más personas o entidades.

  • Haber dejado de pagar por más de 90 (noventa) días o tener en curso procesos ejecutivos (demandas).
  • En caso de que no sea posible llegar a un acuerdo, o incumpla el que hayan hecho, podría ser necesario pagar con sus propios bienes.
  • Por último, le informamos que su proceso puede ser llevado por medio de un abogado de confianza o de la Defensoría del Pueblo, en donde le podrán brindar asesoría y acompañamiento.

¿Qué recursos puedo impetrar contra un acta del conciliador en un tramite de insolvencia de persona natural, por desconocer el domicilio del deudor? ​Basándonos en la ley 1564 de 2012, la cual regula la insolvencia en personas naturales y los dispuesto en el artículo 542, que nos indica que el conciliador verificará los requisitos legales de la solicitud, y de esta manera procederá a informarlo al deudor, contra esta decisión solo procederá el recurso de reposición ante el mismo conciliador.

Dice la norma: “ARTÍCULO 542. Decisión de la solicitud de negociación. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la aceptación del cargo, el conciliador verificará si la solicitud cumple con los requisitos legales. Contra esta decisión solo procederá el recurso de reposición ante el mismo conciliador”.

Ahora bien, para interponer este recurso, se debe tener en cuenta el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual dispone que este recuro se debe interpone 10 días siguientes a la notificación, o al vencimiento del término de la publicación, ante el funcionario que emitió la decisión.

Dice la noma: “Artículo 76. Oportunidad y presentación: Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso.

Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para que ordene recibirlos y tramitarlos, e imponga las sanciones correspondientes, si a ello hubiere lugar” • No requiere de presentación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación.

Igualmente, podrán presentarse por medios electrónicos. En este último caso debe presentarlos suscrito o firmado. • Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad. • Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer. • Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio.

¿A qué direcciones puedo enviar una insolvencia económica para poder llevarla a cabo? Si es una persona natural comerciante o una persona jurídica podrá realizar la solicitud en la Superintendencia de Sociedades en tal caso de ser una sociedad, empresa unipersonal, sucursal de sociedad extranjera o personas naturales comerciante, si no cumple ninguna de estas podrá hacerlo ante el Juez Civil del Circuito del domicilio principal del deudor.

Esto basándonos en el artículo 6 de la Ley 1116 del 2006. Dice la norma: “ARTÍCULO 6o. COMPETENCIA. Conocerán del proceso de insolvencia, como jueces del concurso: La Superintendencia de Sociedades, en uso de facultades jurisdiccionales, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3o del artículo 116 de la Constitución Política, en el caso de todas las sociedades, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras y, a prevención, tratándose de deudores personas naturales comerciantes.” Y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Cesación de pagos.

El deudor estará en cesación de pagos cuando: Incumpla el pago por más de noventa (90) días de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores, contraídas en desarrollo de su actividad, o tenga por lo menos dos (2) demandas de ejecución presentadas por dos (2) o más acreedores para el pago de obligaciones.

En cualquier caso, el valor acumulado de las obligaciones en cuestión deberá representar no menos del diez por ciento (10%) del pasivo total a cargo del deudor a la fecha de los estados financieros de la solicitud, de conformidad con lo establecido para el efecto en la presente ley. De esta manera se le adjunta el enlace de la Superintendencia de Sociedades, donde podrá encontrar toda la información para adelantar este trámite.

Soy empleado a puertas de pensionarme, ¿como es el tramite para solicitar insolvencia económica y cuáles son los costos? ​Frente a la solicitud de insolvencia es necesario tener en cuenta que para declararse insolvente tiene que estar bajo los siguientes parámetros: -Haber incumplido el pago de dos o más obligaciones financieras(como deudor o codeudor).

Deberle a dos o más personas o entidades. -Haber dejado de pagar por más de 90 (noventa) días o tener dos o más procesos ejecutivos en curso. -Si tenemos deudas en las que no nos hemos atrasado, es necesario que aquellas en las que sí, representen al menos la mitad del total de todo lo que debemos. Esto está establecido en la ley 1564 del 2012, la cual es la ley de insolvencia, ahora bien en el entendido que esté bajo los requisitos mencionados, usted se puede acoger a la ley de insolvencia mediante trámite ante notaria o centros de conciliación autorizados por el ministerio de justicia y del derecho, en consecuencia frente a la ley, el objetivo de la misma y de que se acoja a ella es permitirle a usted como deudor negociar con sus acreedores la posibilidad de pagar sus deudas en las condiciones que sus finanzas personales le permiten, a través de una conciliación.

Se trata de un procedimiento que busca protegerlo a usted como deudor, sobre la base de su buena fe, para permitirle normalizar su vida crediticia y lograr, eventualmente, la condonación total de los intereses de sus préstamos, los gastos de cobranza, los honorarios de abogados, entre otros.
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¿Quién puede pedir la quiebra?

80 comienza diciendo: ‘Todo acreedor cuyo crédito sea exigible puede pedir la quiebra de su deudor, cualquiera sea su naturaleza o privilegio’, el art.81 excluye de la posibilidad de solicitar pedido de quiebra al cónyuge, los ascendientes o descendientes del deudor, y a los cesionarios de sus créditos.
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¿Cómo se declara en quiebra una persona natural?

¿En qué momento una persona debe declararse en quiebra? – Tener más de 90 días en mora, por lo menos la mitad de los pasivos a cargo del deudor, no ser comerciante o contar con dos procesos ejecutivos en contra son algunos de los requisitos legales para que una persona natural se declare en quiebra.
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¿Cuál es la diferencia entre quiebra y bancarrota?

¿ Qué es la bancarrota? La quiebra o bancarrota, tanto de una persona física o jurídica, es aquella situación en la que es imposible realizar el pago de las deudas existentes.
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¿Por qué cantidad de dinero te pueden demandar?

¿Cuál es la cantidad máxima por la que me pueden demandar? – La cantidad por la que te pueden demandar será por el monto de tu deuda. Es muy importante que sepas que el embargo tiene un límite legal de 03 veces el monto del adeudo. Es decir, si debes $50,000.00 pesos, el máximo que te podrán embargar ya con intereses moratorios será de $150,000.00 pesos.

  1. A veces las Instituciones también quieren que el demandado pague los gastos generados por el juicio, pero pocas veces el Juez lo autoriza.
  2. Si quieres saber exactamente la cantidad por la que te pueden demandar, lo mejor que puedes hacer es conseguir tu reporte especial del Buró de Crédito o del Círculo de Crédito,
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Así estarás seguro de cuánto dinero debes y la máxima cantidad por la que te pueden demandar.
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¿Cuánto cobra un abogado por ley de Quiebras?

El precio promedio por hora de un abogado de quiebras varía entre $70.000 y $100.000 aproximadamente. Varios factores pueden afectar el precio de contratar un abogado de quiebras incluyendo la complejidad del caso, el tipo de bancarrota y otros aspectos.

Los profesionales pueden asesorar a personas particulares y empresas que necesiten declararse en quiebra. La deuda puede incluir tarjetas de créditos, gastos médicos, pagos de autos, préstamos bancarios, impuestos atrasados o deudas hipotecarias. La mayoría de los abogados cobran un precio fijo que cubra las horas dedicadas al caso cuando se trata de declaraciones de quiebra.

Algunos pueden cobrar un precio por hora por asesoría legal pero como la mayoría de los casos de quiebra e insolvencia son cortos, esta estructura de precios es poco común. En el 2012 se creó una ley para que aquellas personas que no tienen cómo pagar sus deudas tengan nuevas oportunidades.
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¿Cómo funcionan las Quiebras?

¿Qué es la Quiebra? – ​ La quiebra es un proceso bajo la ley federal mediante el cual aquellos deudores y consumidores que deben más dinero del que pueden pagar, procuran relevarse o ser excusados del pago de algunas o de todas sus deudas y obtener un nuevo comienzo.
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¿Qué tengo que hacer para declararse insolvente?

Requisitos para declararse insolvente –

  • La opción de renegociar las deudas entre morosos y acreedores se plantea para evitar posibles problemas mayores donde el deudor pueda llegar a sufrir un embargo o incluso verse desahuciado de su propio domicilio.
  • En este punto la ley permite a los deudores a acudir a la llamada segunda oportunidad, mediante el Centro de Conciliación coordinado por el Ministerio del Interior y de Justicia, para solicitar un total de 60 días hábiles prorrogables hasta 90 días, con el fin de fomentar una buena negociación con el o los acreedores de la deuda, todo esto por vía extrajudicial y regulado por un agente de conciliación.
  • Un deudor debe cumplir ciertos requisitos para que realmente pueda acogerse a la segunda oportunidad y llegar incluso a ser exonerado de todo o parte de sus deudas:
  1. El deudor debe haber incumplido la cancelación de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un plazo mayor a 90 días. Estas deudas atrasadas deben ser, al menos, la mitad de la deuda total del moroso.
  2. El deudor puede declararse insolvente cuando tenga cursado en su contra uno o más demandas de ejecución o de cobro judicial.
  3. La deuda no puede superar, en ningún caso, los 5 millones de euros.
  4. No es posible que exista una sentencia en firme en contra del deudor durante el año anterior por algún delito relacionado con los siguientes campos:
    1. Hacienda
    2. Seguridad Social
    3. Patrimonio
    4. Delitos de falsedad documental
  5. La deuda no puede estar contraída con la Administración Pública.
  6. Hay que tener claro que declararse insolvente no significa no responder contra las deudas contraídas con esos acreedores, sino que es una alternativa para arreglar una situación de no contar con liquidez en ese momento.

La figura del acreedor frente al moroso insolvente El o los acreedores de estas deudas de personas físicas o jurídicas declaradas insolventes en muchos casos ven cómo estos impagos que tienen generados con sus morosos se alargan en el tiempo y no siempre se consigue recuperar el importe total de dicha deuda.

Estos procesos de conseguir el pago de la deuda, cuando se inicia la declaración de insolvencia, se dilata muchísimo en el tiempo y el acreedor ve mermada la cuantía, ya que desde que se inicia el proceso, todos los intereses generados por la demora del pago y las reclamaciones, quedan completamente paralizadas.

Debido a la resolución judicial que inicia el procedimiento de concurso, se suspenden automáticamente los cobros, y hasta que no se cumplan los plazos que marca la ley, el acreedor no cuenta con derecho de ejercitar ninguna acción para recuperar su dinero.

  • En ocasiones, las actuaciones que haya podido realizar el deudor pueden acabar siendo examinadas por vía judicial penal.
  • Esto se produce cuando se llegue a presumir la comisión de algún ilícito de carácter penal en la administración de los bienes propios o de la sociedad que se administre, como en el caso del delito de alzamiento de bienes.

Aquí el Juzgado de lo Penal debe entrar en juego, y el pago de la deuda puede ser reclamada en el seno de este procedimiento penal. En todos los casos, cuando se pretende conseguir una declaración de insolvencia o reclamar una deuda de un moroso que se ha declarado insolvente, lo ideal es contar con profesionales del sector que nos sirvan de guía durante todo el proceso.

  1. La contratación de un abogado que coordine cada uno de los pasos que hemos detallado en este post para agilizar al máximo este trámite y que nos asegure las posibilidades de éxito de la situación que corresponda.
  2. Los abogados ofrecen garantías y un asesoramiento completamente personalizado ante cualquier situación, ya sea del lado del acreedor que ve como han paralizado su deuda o del lado del deudor que necesita encontrar de nuevo liquidez para poder responder de ella.

: ¿Puede un moroso declararse insolvente?
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¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar al banco?

Implicar a otros – El no pagar a tiempo puede abrir procesos en contra del deudor ante las autoridades correspondientes. En este proceso se busca que con los bienes del deudor y de los codeudores se pague la deuda ; además el costo de ese proceso genera gastos adicionales al deudor y codeudor, como por ejemplo los honorarios del abogado.
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¿Qué es mejor irse a la bancarrota o consolidar las deudas?

La protección de bancarrota es mejor que el ajuste de deuda – Bancarrota Capítulo 13 proporciona un plan para pagar una porción de tus deudas no aseguradas durante un período de tres o cinco años dependiente de su capacidad de pagar. Mientras tanto, el individuo en bancarrota del Capítulo 13 está protegido de sus acreedores.

  1. Protegido por la plena esfuerza de la corte federal.
  2. Los acreedores no pueden contactar, acosar, o recoger de ti en absoluto mientras que estás protegido por la Corte de Bancarrota.
  3. Capítulo 13 no es una negociación.
  4. No necesito llamar a cada uno de tus acreedores, de rodillas, rogando que acepten algo menos de la cantidad total que debes.

Más bien, un plan de bancarrota del Capítulo 13 propone pagar una porción de deudas no asuguradas (e incluso deudas de impuestos no prioritarias) basada en tus ingresos disponibles o el valor de sus activos. La gran mayoría de los planes de bancarrota del Capítulo 13 prevén significativamente menos que el pago completo de las deudas generales como las deudas de tarjetas de crédito, préstamos no asegurados, las facturas médicas, los impuestos no prioritarios, etc.
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¿Qué es la bancarrota y cuan beneficioso es para su crédito?

La bancarrota puede ayudar a aliviar sus obligaciones de deudas, pero podría afectar a su crédito hasta 10 años. – La quiebra es un procedimiento legal único que usted puede utilizar para reorganizar o deshacerse de sus deudas, dependiendo de su situación financiera.

  1. La bancarrota puede ser útil si está abrumado por los compromisos financieros, pero también podría afectar negativamente a su crédito (en inglés),
  2. Por lo general, una quiebra permanecerá en sus informes durante un máximo de 10 años a partir de la fecha de declaración.
  3. Describo a la bancarrota como una especie de huracán en el crédito de alguien”, dice Freddie Huynh, vicepresidente de optimización de datos de Freedom Debt Relief,

La buena noticia es que su crédito puede recuperarse gradualmente si toma las medidas adecuadas. Esto es lo que puede ocurrir con sus informes de crédito cuando usted se declara en bancarrota.

¿Cómo figura la bancarrota en sus informes de crédito? ¿Cómo aparecen las cuentas en sus informes de crédito? Recuperación del crédito tras la bancarrota

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¿Qué pasa con mi dinero si el banco se declara en bancarrota?

Si no hay un orden y se hace de una manera desorganizada o sin tomar en cuenta el seguro de depósitos, se podría generar un caos entre los acreedores. En otras palabras, ni los trabajadores, ni los cuentahabientes son responsables de la liquidación judicial de la institución de crédito.
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¿Qué pasa cuando una persona se declara en bancarrota en Estados Unidos?

Con la bancarrota los individuos eliminan los embargos de los bienes por parte de los acreedores. Con el capítulo 7 y 13 de la bancarrota los deudores cancelan las deudas tales como las tarjetas de créditos, deudas por enfermedad y deudas personales.
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¿Qué es mejor irse a la bancarrota o consolidar las deudas?

La protección de bancarrota es mejor que el ajuste de deuda – Bancarrota Capítulo 13 proporciona un plan para pagar una porción de tus deudas no aseguradas durante un período de tres o cinco años dependiente de su capacidad de pagar. Mientras tanto, el individuo en bancarrota del Capítulo 13 está protegido de sus acreedores.

  • Protegido por la plena esfuerza de la corte federal.
  • Los acreedores no pueden contactar, acosar, o recoger de ti en absoluto mientras que estás protegido por la Corte de Bancarrota.
  • Capítulo 13 no es una negociación.
  • No necesito llamar a cada uno de tus acreedores, de rodillas, rogando que acepten algo menos de la cantidad total que debes.

Más bien, un plan de bancarrota del Capítulo 13 propone pagar una porción de deudas no asuguradas (e incluso deudas de impuestos no prioritarias) basada en tus ingresos disponibles o el valor de sus activos. La gran mayoría de los planes de bancarrota del Capítulo 13 prevén significativamente menos que el pago completo de las deudas generales como las deudas de tarjetas de crédito, préstamos no asegurados, las facturas médicas, los impuestos no prioritarios, etc.
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