Cual Es El Beneficio De La Imprenta?

Cual Es El Beneficio De La Imprenta
La invención de la imprenta y su impacto en la historia Cual Es El Beneficio De La Imprenta La irrupción de la imprenta en la Edad Media supuso una revolución: los libros podían copiarse con una rapidez nunca antes vista y su impacto fue incalculable La historia moderna sería inconcebible sin la invención de la imprenta ya que su uso cambió por completo la cultura occidental y posteriormente, la historia del mundo. Cual Es El Beneficio De La Imprenta Los monjes eran hasta el siglo XV las únicas fuentes escritas de peso en la sociedad. El feudalismo otorgaba el papel de reproducción y difusión de conocimientos a la iglesia católica, por lo que también aceptaba que esta hiciese un papel censor y marcara la, los temas de los que se podía hablar y los que quedaban relegados al olvido.

Con la invención de (Alemania, alrededor de 1453) el trabajo de copista se amplió y entraron en juego las empresas que manejaban las imprentas y con ellas el capital. Mientras que los monjes tenían el poder de controlar los escritos en toda Europa los índices de alfabetización eran ínfimos, Una vez el copiado de libros paso a ser realizado por las imprentas, estas se regían por los temas que más se solicitaban e imprimían por encargo.

Una vez superada la censura previa, había libertad para imprimir libros de distintas temáticas y este círculo se fue abriendo con el paso de los años. Una vez la iglesia y las monarquías absolutas perdieron el poder de controlar absolutamente todo lo que se imprimía, la difusión de ideas contrarias al feudalismo y a la religión establecida corrieron por toda Europa. Cual Es El Beneficio De La Imprenta Básicamente la invención de la imprenta hizo posible la multiplicación de textos en la Edad Media, cuando la edición de libros estaba muy restringida, revolucionó la cultura al ampliar el número de lectores potenciales al multiplicar el número de libros y reducir su coste, por lo que la alfabetización recibió un impulso enorme, nunca visto hasta la fecha.
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¿Qué es la imprenta y cuáles fueron sus beneficios para la humanidad?

La imprenta fue inventada en el siglo XV y perfeccionada con el pasar de los siglos, pero desde entonces permite la reproducción serial de libros, revistas, folletos, vestimentas y otros artículos dotados de textos e imágenes, a través de diversos métodos de presión y entintado.
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¿Cuál es la importancia de la imprenta en la actualidad?

Principal Imprenta

Si lo vemos el punto de vista racional, podríamos definir la imprenta como una forma mecánica de reproducir letras e imágenes en un soporte metálico y, posteriormente, transferirlas al papel. Es muy básico, muy simple y, al mismo tiempo, imposible de reducirlo sólo a esto.

  1. Desde el principio, el ser humano ha sentido la necesidad de comunicarse con los demás.
  2. El lenguaje ha sido el primer paso.
  3. Posteriormente ha necesitado plasmar sus primeros sonidos e imágenes sobre diferentes soportes, ya fuera madera, piedra, metal, etc.
  4. Pero esto siempre sido algo que se quedaba corto en cuanto espacio y muy corto en cuanto a difusión del mensaje.

A partir de ahí todas las civilizaciones han tenido la necesidad de reflejar por escrito todo las actividades comerciales, sociales, económicas, literarias es decir, el conocimiento diario, creativo, cultural y científico. Pero hasta la aparición de la imprenta, no sólo era bastante complicado el guardarse conocimiento, sino también el dar a conocer ese conocimiento fuera de los ámbitos en los que se utilizaba.

  • La imprenta ha hecho que todo el conocimiento pueda llegar a cualquier parte y a cualquier persona ya que, no sólo resulta más barato, sino que la imprenta permite tener una copia de un original de hoy, de nuestro pasado, incluso muy antiguo, y de cualquier tipo de temática.
  • La imprenta también ha conseguido que la cultura pueda expandirse a cualquier punto del planeta y a cualquier persona sin importar la raza, el sexo o su capacidad económica, otra cosa son los regímenes políticos que pueda haber en algunos países.

Si la capacidad de crecimiento de un país se mide por su cultura, la imprenta es la esencia de la misma ya que, gracias a ella, el conocimiento se puede comunicar y podemos tenerlo no sólo en espacios públicos si no en espacios privados, como pueden ser nuestra propia casa.

  • Además la imprenta ha conseguido que el conocimiento sea importante, pero también, gracias a la propia evolución de esta, se ha podido crear libros para el entretenimiento, lo lúdico, etc., que también han entrado en nuestros hogares.
  • Los medios tecnológicos han, de alguna manera, frenado la evolución de la imprenta en muchos aspectos.

Sin embargo, está claro que, por mucho que la tecnología pueda avanzar, el conocimiento o el disfrute a través de los libros, estos siguen siendo algo que nuestra sociedad no quiere ni debe permitirse abandonar. De hecho el formato físico es algo que, en la mayoría de los casos, la persona necesita tener, bien sea por la textura, puede tacto, por el olor o, sencillamente, porque es algo que no tiene que enchufarse, porque podemos utilizarlo en cualquier momento y en cualquier lugar, etcétera. Sea el primero en comentar, exprese una opinión/crítica del tema, para sumar valor. Los comentarios son moderados, y su email nunca se compartirá. Gracias.
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¿Cuáles son las desventajas de la imprenta?

– La información no es del todo confiable. – Daña la vista.
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¿Qué beneficios trajo la imprenta a Costa Rica?

Con la llegada de la imprenta al país inicia la producción de periódicos, siendo el primero el Noticioso Universal, publicado en 1833 con un formato de 8 páginas y el precio era de un real.
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¿Qué cambios produjo la imprenta en la sociedad?

El descubrimiento de la imprenta, a finales de la edad media, transformó la sociedad humana en todos sus ámbitos de manera radical y abrió una nueva era al conservar el pensamiento escrito o la imagen y difundirlos en numerosos ejemplares, poniéndolos así al alcance de un numeroso público.
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¿Cómo ayudo la creación de la imprenta a los derechos intelectuales?

Forma sugerida de citar: Míguez, Pablo (2018). La propiedad intelectual y la mercantilización forzada del conocimiento. Universitas, 29, pp.43-65. Introducción La “propiedad intelectual” fue impulsada a nivel internacional desde 1967 por el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) en su intento por generar acuerdos a nivel mundial sobre la protección de las producciones de las empresas multinacionales, predominantemente norteamericanas.

  • Las leyes nacionales sobre patentes existen desde el siglo XIX y fueron cuestionadas desde su nacimiento —aún en los países donde se desarrollaban los principales inventos de la era industrial— a causa de los límites que estas imponían a las posibilidades de “innovación tecnológica”.
  • No obstante, aunque todos los países desarrollados fueron protegiendo la propiedad intelectual, la legislación de patentes, marcas y derechos de autor varía según los países.

Este trabajo propone analizar la creciente mercantilización del conocimiento a través del refuerzo de los derechos de propiedad intelectual a escala global, como una expresión de un cambio en la lógica de la producción y de la valorización del capital que supone el pasaje del capitalismo industrial a un capitalismo cognitivo.

  • Retomando los debates recientes sobre los bienes comunes y las tesis del capitalismo cognitivo, procuraremos mostrar la necesidad de correspondencia de las regulaciones internacionales y del sistema jurídico nacional, con las necesidades de la valorización del conocimiento.
  • Estudiaremos el origen y la evolución histórica de los derechos de propiedad intelectual y, con apoyo en evidencias empíricas provenientes de estudios específicos y fuentes diversas, señalaremos algunas circunstancias concretas que favorecieron los cambios en las regulaciones e instituciones.

El concepto “propiedad intelectual” engloba una serie de marcos regulatorios sustantivamente diferentes entre sí y que requieren un estudio por separado. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en su Declaración Mundial de la Propiedad Intelectual del año 2000, la define como: Cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas ( OMPI, 2000 ).

Como señala Igor Sádaba, son las leyes las que determinan si un objeto específico pertenece al dominio público o al dominio privado: Gran parte de los debates sobre la Propiedad Intelectual puede ser reducida a la dicotomía siguiente: arbitran sobre la cuestión de dónde se sitúa un objeto (un gen causante de la obesidad, el software para predecir terremotos, una línea celular obtenida de un bazo humano, un medicamento que cura el paludismo, los compases de una melodía de Mozart, etc.) en el espacio público o en el terreno privado, del lado de la individualidad o del lado del al colectividad ( Sádaba, 2008, p.136 ).

Bajo este esquema, el dominio público se está volviendo cada vez más reducido y el avance del dominio privado sucede en todos los aspectos de la actividad económica, colonizando la dimensiones sociales, culturales y de la vida en general. En el primer apartado realizaremos un pequeño recorrido por el origen y la evolución de la protección de la propiedad intelectual hasta inicios del siglo XX, cuando quedan configurados dos modelos de protección: el anglosajón y el europeo.

En el segundo apartado analizaremos el cambio que supone el pasaje de la garantía de derechos para el autor/inventor hacia la empresa/corporación a comienzos del siglo XX. En el tercer apartado nos ocuparemos del cambio surgido a finales de los años setenta, cuando se desdibujan las fronteras entre lo que es un invento y lo que es un descubrimiento.

En el cuarto apartado nos ocupamos del efecto de esta normativa como un nuevo orden global con consecuencias específicas en América Latina. Finalmente, analizaremos siguiendo a Karl Polanyi el hecho de que la propiedad intelectual supone la “mercatilización del conocimiento” por medio de “mercancía ficticias”; mientras que en las conclusiones nos ocuparemos de las consecuencias de estas regulaciones, los beneficiarios y los perjudicados de la privatización forzada de lo común.

Breve recorrido por la evolución de los derechos de propiedad intelectual Existe un acuerdo tácito sobre el origen de la propiedad intelectual con la aparición de la imprenta en el siglo XV, donde los autores y los impresores se unían para protegerse de las falsificaciones, al mismo tiempo que el Estado aceptaba conceder derechos de monopolio por su utilidad para fiscalizar los contenidos de lo que se imprimía.

Fue la Revolución Inglesa de 1688 la que permitió la impresión libre, sin previa autorización, de la mano de los pensadores liberales. Sin embargo, la proliferación indiscriminada de copias hizo que en 1709 se dictara el Estatuto de la Reina Ana, que protegía más al editor que al autor; este estatuto protegía solo las palabras escritas por un período relativamente extenso, pero limitado a 28 años, dando inició así a las leyes del copyright.

En los derechos de autor de una obra se reconocían derechos patrimoniales de posesión y propiedad, pero no derechos morales de reconocimiento de su autoría, es decir, se trataba más de privilegios para la explotación de libros que una protección al autor. Dicha protección apareció luego como resultado de la Ilustración y la Revolución Francesa.

La Enciclopedia dejó claro que el “derecho de copia” se desprendía del derecho de propiedad del escritor sobre sus obras. Los escritores se agrupaban en sociedades para defender sus intereses corporativos y obtenían derechos morales sobre sus obras, que no podían ser representadas en el teatro o modificadas sin su permiso.

El autor era valorado como un productor o creador que trabajaba intelectualmente. La patente, por su parte, también se originó en la Inglaterra mercantilista en el siglo XV con la concesión de privilegios monopólicos a comerciantes y fabricantes de manufacturas, pero —a diferencia de los derechos de autor— estas no podían venderse o cederse y requerían una descripción muy detallada de la invención para poder ser registradas.

Una vez expirado el plazo del monopolio, la patente pasa al dominio público, por eso se requería que el inventor expusiera de manera detallada su secreto. La primera presentación equivalía al descubrimiento del “invento”, permitiendo incluso la importación de técnicas desde el extranjero.

  1. En la Francia revolucionaria también se pide que se reconozca al propietario del invento como su inventor, en sintonía con las leyes británicas.
  2. Estados Unidos es el primer Estado moderno que sanciona leyes de patentes en 1790, para beneficio de los inventores y de la sociedad; luego, en 1836, crea la Patent Office y en 1897 la American Patent Law Association ( Sádaba, 2008, p.47 ).

Quedan configuradas entonces dos modalidades típicas de protección de la propiedad intelectual: el modelo europeo continental y el modelo anglosajón: El modelo inglés es aún muy deudor de la imprenta, de la posibilidad de producir copias exactas y difundirlas.

  • El modelo francés, en cambio, incorpora la idea de que la sociedad está compuesta por individuos con sus propios derechos, más fuertes que los de la colectividad ( Sádaba, 2008, p.34 ).
  • El primero tiene su origen en la Francia previa a la Revolución Francesa y consolida un derecho de autor.
  • El segundo se origina en Gran Bretaña en el siglo XVIII y es reformulado por Estados Unidos a fines del siglo XVIII.

Al incorporarse de manera tardía al mundo industrial, Estados Unidos se posicionó durante el primer siglo de su historia en contra los derechos de propiedad intelectual de Gran Bretaña y otros países industriales, ya que no se reconocían derechos de copyright extranjeros, incluso aunque esto significara que las obras estadounidenses quedaran desprotegidas en el extranjero.

  • La protección se otorgaba para garantizar la explotación de las ideas y asegurar la continuidad de los procesos creativos no sobre la base de un derecho moral del autor en tanto “propietario” de su obra ( Sádaba, 2008, p.140 ).
  • Tras la revolución de 1775 se procura sancionar normas que compensen la creación artística a cambio del fomento del progreso colectivo de la sociedad.

De esta forma la Federal Copyright Act, de 1790, accede a conceder un monopolio de manera limitada a cambio del fomento a la innovación. Como veremos luego, las diferencias entre estos dos modelos se van a ir reduciendo con la aceptación irrestricta del copyright por parte de ambos (y de manera drástica desde finales del siglo XX).

  • Durante el siglo XIX se fue consolidando la protección de la propiedad intelectual en numerosos países y, como veremos seguidamente, en el derecho internacional.
  • Este proceso de concesión de derechos intelectuales se acelera a comienzos del siglo XX con la llegada del cine y con la posibilidad de la reproducción masiva de obras de arte, lo que genera la necesidad de una compensación económica para los autores y propietarios (de los financiadores antes que directores o realizadores), por lo cual se da la sanción de una nueva ley estadounidense, la Copyright Act, en 1909.

El posterior auge de la radio y la televisión volverá más compleja todavía la asignación de derechos de autor. Como bien explica Sádaba: Si en su momento la imprenta fue clave, no menos importante va a ser la aparición del fonógrafo, el cinematógrafo, la radio, el vídeo, Internet y todos los medios a través de los cuales tradicionalmente se han comunicado o se han transmitido contenidos en información ( 2008, pp.36-37 ).

En el mismo sentido, Scout Forsyth señala que: El cine es la avanzada estratégica —para decirlo en términos de la nueva jerga del negocio del espectáculo, la nave insignia— de un circuito de mercancías de consumo que incluye videos, televisión, Internet, historietas, novelas, juegos, juguetes, ropa comida rápida, parques y paseos temáticos.

En este momento, las industrias del entretenimiento lideran las exportaciones de Estados Unidos ( Forsyth, 2005, p.145 ). Del inventor a las corporaciones A fines del siglo XIX existían diferentes formas de proteger la propiedad intelectual, cuya relevancia creciente llevó a la implementación a nivel internacional de las legislaciones, desde la Convención de Berna de 1886.

  • Allí se reconoció internacionalmente el derecho de autor al creador y a sus derechohabientes hasta 70 años después de su muerte.
  • No obstante, el derecho internacional sobre la propiedad intelectual va a tender a acercarse cada vez más al esquema del copyright ( Sádaba, 2008, pp.55-59 ).
  • Acorde con las transformaciones de la producción de la “gran empresa” del capitalismo industrial en ascenso, la innovación se desplazará desde el inventor a las corporaciones empresariales, a partir de las primeras décadas del siglo XX.

En el capitalismo industrial, el mecanismo de producción de conocimientos se concentraba en los departamentos de investigación —tanto teórica como aplicada— de los organismos públicos y de las oficinas de Métodos y de I+D de la “gran empresa”. El modelo de propiedad intelectual era coherente con un esquema donde la apropiación privada del saber se fundaba en recursos materiales y en el ámbito espacial del Estado nacional, donde la invención debía:

Representar una novedad. Poder ser aplicada a nivel de la industria. Poder conciliar la remuneración del acto inventivo privado con la difusión pública del conocimiento.

Joseph Schumpeter (2002/1939 ; 1944 ) fue uno de los primeros en celebrar este pasaje de la invención a la innovación, adjudicándole al empresario —el entrepreneur— que toma riesgos un rol protagónico. La invención alude a la mera generación de nuevos conocimientos o adelantos científicos y/o tecnológicos, mientras que la innovación supone la introducción exitosa de dichos conocimientos en la producción por parte de los empresarios, ya sea que se trate de un nuevo producto, un nuevo método de producción, una nueva fuente de materias primas o un cambio en la organización industrial.

Las innovaciones reflejan una visión idealizada del empresario innovador —se asocia con nuevos “liderazgos”— por parte de Schumpeter y constituyen la causa principal de los ciclos largos y desequilibrios que caracterizan al sistema capitalista a partir de sucesivas “revoluciones tecnológicas” (grandes saltos tecnológicos derivados de innovaciones como la máquina de vapor, el ferrocarril, la electricidad o el transporte motorizado).

El rasgo innovador luego será adjudicado a las “firmas” por los economistas neoschumpeterianos y evolucionistas ( Nelson y Winter, 1982 ; Dosi, Freeman, Nelson, Silverberg y Soete, 1988 ; Lundvall, 1992 ), dado que las innovaciones son costosas y arriesgadas y requieren, por tanto, un alto grado de concentración, así como recursos financieros suficientes para ser llevadas a cabo.

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Ellas se producen en el marco de determinados “paradigmas tecnológicos”, los que dirigen el cambio técnico en la medida que definen los problemas relevantes, los patrones de investigación y la tecnología a utilizar hasta que se agota dicha fase con la difusión de los conocimientos, se desacelera el cambio técnico y se reducen las oportunidades de inversión ( López, 1996 ).

Para ellos, las patentes aseguran la innovación, es decir, generan los incentivos necesarios para innovar, ya que la innovación depende de limitar la difusión de la tecnología hasta que la renta tecnológica permita recuperar ese esfuerzo innovador. La propia historia económica norteamericana parece confirmar este punto, cuando el capitalismo corporativo acelera la separación entre propietarios y gerentes desde las primeras décadas del siglo XX.

Como señala David Noble (1979) en American by design, el propio poderío económico norteamericano durante el siglo XX fue condicionado, en buena medida, por leyes de propiedad intelectual adaptadas al reconocimiento de la propiedad de los inventos científicos y tecnológicos a las firmas, a los laboratorios de las grandes compañías.

Las patentes serán propiedad de las grandes corporaciones en lugar del inventor o científico empleado que las desarrolló, quienes a cambio solo recibían un ingreso regular en forma de salario. En suma, a lo largo de la evolución de la protección a la propiedad intelectual podemos diferenciar dos modelos fundamentales: el modelo anglosajón de Inglaterra y Estados Unidos basado en el Common Law y el modelo europeo basado en el derecho continental.

En el modelo jurídico norteamericano las leyes de patentes establecen los principios generales, pero es la Oficina de Patentes la encargada de dar su versión sobre la aplicación de la norma, en última instancia es esta la que tiene la capacidad de crear jurisprudencia, pues la Corte Suprema interviene solo cuando ella misma lo decide, lo que sucede en algunos pocos casos.

Los tribunales clásicos, formados en la doctrina antitrust, eran históricamente reacios a otorgar patentes, pero esta situación iba a cambiar con el surgimiento, a comienzos de los años ochenta, de numerosas leyes y varios fallos de la Corte Suprema de Justicia estadounidense que transformaron radicalmente la situación (como la decisión de patentar los genes, contra la opinión de la Oficina de Patentes), como veremos en el siguiente apartado ( Coriat, 2008, p.57 ).

Durante los primeros 100 años de aplicación de las leyes de patentes Estados Unidos desconocía los derechos de copyright otorgados en el extranjero, pero desde los años setenta, a partir de su influencia en los organismos internacionales, a instancias de este país se procura homogeneizar las legislaciones con marcos jurídicos de implementación única en todo el mundo para favorecer el despliegue de sus industrias, sobre todo en el plano cultural y del entretenimiento ( Lessig, 2005, p.84 ).

Estados Unidos detenta un elevado número de otorgamiento de patentes sobre el total de patentes solicitadas y en su territorio se asiste a las mayores batallas judiciales en torno a violaciones a las leyes de patentamiento. Esto hace que muchas empresas se dediquen a la acumulación de patentes no para su utilización, sino para demandar a pequeños emprendedores o para negociar entre las grandes compañías acuerdos de uso de patentes en condiciones más favorables.

Del invento al descubrimiento En la década de 1920 comienzan a darse los primeros pasos en el patentamiento de “descubrimientos” —ya no sólo de inventos—, cuando los conocimientos básicos —los originados por la ciencia básica sin haber sido aplicados (o desconociendo su potencial aplicabilidad)— comienzan a ser objeto de patentes.

No importaba que ya existieran en la naturaleza y que no fueran, por lo tanto, una creación humana. Por ejemplo, en 1922 Pasteur había patentado un proceso sobre una bacteria dando comienzo a las “patentes sobre organismos vivos” y en 1930 Estados Unidos sanciona una ley de patentes sobre plantas.

También hacen lo suyo los floricultores holandeses que reciben patentes con la promesa de no tocar la reproducción sexual de las semillas. Sin embargo, no será hasta la década de 1960 que la cuestión retomará un verdadero impulso. Más emblemático aún es el caso de la industria del cine de Hollywood. La creación en California del complejo cinematográfico responde a la huída de empresarios de la costa este, donde debían respetar las patentes de Thomas Edison.

La guerra de patentes duró hasta que nueve compañías se fusionaron en la Motion Picture Patents Company (MPPC) ( Sádaba, 2008, p.130 ). Un momento importante se da en 1970, cuando Estados Unidos sanciona una nueva ley de patentes, en el mismo año que impulsa la OMPI.

En esta década se producen cambios fundamentales desde que en 1975, por decisión de la Corte Suprema, los microorganismos pasan a ser patentables (caso “Bayer Yeats”). Sin embargo, estos cambios jurisprudenciales en el territorio estadounidense, si bien son importantes, no pueden ser vistos de manera aislada.

En el capitalismo contemporáneo, el conocimiento pasa a ser central por razones sociales e históricas antes que tecnológicas, y preceden a la constitución del capitalismo cognitivo. Estos cambios se deben fundamentalmente a la democratización de la enseñanza —con la consecuente elevación del nivel general de formación—, que facilitó la constitución de una “intelectualidad difusa” que está en la base de la emergencia de una economía fundada en el rol motor del conocimiento ( Lebert y Vercellone, 2006 ).

  1. También debemos tener en cuenta la coyuntura del capitalismo fordista con su crisis de rentabilidad en los años setenta y con su necesidad de relanzar las bases de la acumulación.
  2. Según Coriat (2008), el despegue de la propiedad intelectual como factor decisivo de la valorización capitalista contemporánea debemos rastrearlo en la búsqueda por parte de Estados Unidos del restablecimiento de su competitividad erosionada por numerosos países —especialmente Alemania y Japón—, que lo desafiaban apoyándose en desarrollos tecnológicos basados en investigación básica, de la cual Estados Unidos era el responsable en un 50% a nivel global.

Estos cambios van a suponer una brutal aceleración de los procesos de mercantilización del conocimiento a comienzos de los años ochenta. En 1980 va a sancionarse la Bayh-Dole Act, a partir de la cual los productos de la investigación desarrollados con fondos del Gobierno norteamericano pueden ser patentados y dejar, por tanto, de formar parte del dominio público.

  • Adicionalmente, los propietarios de patentes podrán otorgar licencias exclusivas con la condición de que se realice a empresas ubicadas en el territorio norteamericano (sección 204).
  • Se trata de una norma fundamental, que significó un punto de quiebre en muchos sentidos, especialmente debido a la obligación de la Secretaría de Comercio de informar al Congreso el listado de los países que no respetan la propiedad intelectual en perjuicio de las empresas estadounidenses (sección 301).

Se preveía, además, la extensión de los plazos de protección de las patentes en numerosos sectores, así como la creación de tribunales arbitrales para dirimir este tipo de conflictos. En rigor, será en 1980, con la obtención a favor de General Electric de la primera patente sobre un microorganismo —que fagocita las manchas de petróleo—, cuando se dé el verdadero golpe inicial a las patentes sobre la vida (el caso “Chakrabarti”).

En pocos años, los hospitales y universidades se lanzaron en una carrera de solicitudes de patentes por “invenciones” que contenían material biológico, llegándose al caso extremo de científicos que patentaban sus descubrimientos aún antes de publicarlos. Este sistema creado para Estados Unidos se extendió a Europa, donde fue aceptado en el Parlamento Europeo con resistencias en puntos como la propiedad sobre los genes y los algoritmos, sin embargo, no pasó lo mismo en la Comisión Europea ( Coriat, 2008, p.59 ).

En suma, hay dos momentos claves a partir de la segunda posguerra: la creación de la OMPI en 1970 y el cierre de la Ronda Uruguay del GATT de 1986-1994, que creó la Organización Mundial del Comercio (OMC). Tras cada uno de estos acontecimientos asistimos a una relanzamiento de las solicitudes de protección de la propiedad intelectual que condicionan actualmente la innovación tecnológica.

La década de los noventa trajo una explosión de la propiedad intelectual, pues las empresas transnacionales (ETN), especialmente norteamericanas, se lanzaron a obtener patentes de todo tipo para beneficiarse de la denominada “globalización”. En 1994, en el cierre de la Ronda Uruguay del GATT, los países consideraban un asunto comercial bajo la protección de la naciente OMC, donde los firmantes debían comprometerse, entre otras cosas, a la protección de la propiedad intelectual de todo tipo por la vía de los Acuerdos sobre Aspectos de Propiedad Intelectual Relacionados al Comercio (AADPIC).

En fin, el boom de la biotecnología de los años ochenta, el auge de la manipulación genética y de la industria farmacéutica, le deben mucho a la evolución de las patentes, pues estas áreas ya no se van a ver obligadas a realizar sus propias investigaciones para desarrollar productos, sino que pueden obtener licencias de universidades, instituciones públicas o pequeñas empresas tecnológicas surgidas generalmente como un spin off de las primeras.

  1. En Europa las objeciones a la adopción inmediata del sistema norteamericano son sostenidas con sólidos fundamentos jurídicos, ya que la secuencia de un gen o un algoritmo no tendrían, en principio, ninguna utilidad industrial.
  2. Bercovitz agudamente señala que: En el Convenio Europeo de Patentes de 1973 se mantiene esta exigencia, al exigir que las invenciones patentables sean susceptibles de aplicación industrial, lo cual equivale en la doctrina tradicional a exigir que las invenciones patentables sean invenciones técnicas, entendida la técnica como técnica industrial ( 2003, p.18 ).

Bercovitz también subraya que el convenio AADPIC establece que “susceptibles de aplicación industrial” es sinónimo de “útiles”, mas no distingue la diferencia: Útiles, en el sentido que satisfacen necesidades humanas, son todas las invenciones, sean o no industriales.

Y esta distinción entre utilidad y susceptibilidad de aplicación industrial tiene importancia porque en la legislación norteamericana no se contiene expresamente la exigencia de que las invenciones patentables sean industriales, aunque sí se exigen que sean útiles. Por ello los planteamientos sobre patentabilidad aplicados en los Estados Unidos no pueden ser trasladados pura y simplemente al Derecho europeo ( Bercovitz, 2003, p.18 ).

En el caso europeo, los países son más minuciosos en la definición de aquello que puede caer en el ámbito de lo patentable. En materia de patentes, en Europa se habla de “propiedad industrial”, esto significa que solo pueden concederse a invenciones industriales, aunque la tendencia es cada vez más a acercarse al modelo norteamericano.

  1. Allí se hace cada vez menos rigurosa la demostración de la aplicación industrial de los resultados de la investigación y más borrosa la línea que divide lo que es un invento y un descubrimiento.
  2. Una nueva institucionalidad global y su impacto en América Latina De acuerdo a Saskia Sassen (2010), la entrada en vigencia el Acuerdo de Marrakech que fundaba la OMC en 1995 supuso el nacimiento de un nuevo derecho económico internacional, ya que regulaba el 97% del tráfico comercial internacional y obligaba a los países menos desarrollados a adoptar el AADPIC, que asigna una función permanente a la OMPI en actividades de cooperación.

La OMPI es la institución creada por los Estados para aplicar los convenios multinacionales sobre propiedad intelectual, así como los Tratados de Internet y los convenios europeos sobre derechos de autor. Como las normas internacionales de la OMC deben incorporarse al derecho nacional, esto supone “nuevas formas de autoridad privada” como los sistemas de arbitraje, puesto que hay que “dejar de lado la solución de conflictos entre ordenamientos jurídicos nacionales y reenfocarse en los conflictos entre regímenes sectoriales, como ocurre cuando existen diferencias entre la OMPI, la OMC, la UE y los derechos nacionales” ( Sassen, 2010, pp.304-305 ).

  1. La protección de la propiedad intelectual se constituye en la punta de lanza del cambio de régimen jurídico internacional que supone la des-nacionalización de los Estados nacionales ( Sassen, 2007 ), o mejor aún, “de varios componentes institucionales especializados” de ellos.
  2. Pero esto no supone una disminución de las jerarquías ni la desaparición de la soberanía de los Estados: Ciertos Estados, como el de Gran Bretaña y Estados Unidos, producen en efecto la formulación de esta nueva legalidad y la imponen a otros estados gracias a las interdependencias que caracterizan la etapa actual de la globalización.

Incluso así, los estados participantes necesitan desarrollar sus propios instrumentos específicos en función de los ordenamientos político económicos que rigen en su interior ( Sassen, 2010, pp.290-291 ). Estados Unidos condujo o forzó a otros Estados a adoptar esas obligaciones con el capital global, luego de una amplia experiencia en la ampliación de las operaciones transfronterizas para las empresas estadounidenses.

Ya no se trata centralmente de respaldar a las industrias estratégicas, sino de crear las condiciones de competitividad para una economía global ( Sassen, 2010, p.300 ). Estos cambios de la producción y la valorización basadas en el conocimiento obligan a discutir las relaciones entre la lógica “global” del capital y la dimensión “territorial” de las formas políticas asumidas por ella ( Negri y Hardt, 2002, 2011 ; Míguez, 2015, 2017 ).

El problema con este esquema es que su difusión por todo el mundo a partir del Consenso de Washington y las normas de la OMC desde la Ronda Uruguay 1986-1994, impone condiciones muy desventajosas para los países en desarrollo. Para ingresar a la OMC los países deben cumplir acuerdos como el TRIPS (Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights) de 1995, que buscaba reforzar la protección de la propiedad intelectual a partir de procedimientos y legislaciones a escala internacional, obligando a las naciones firmantes a crear mecanismos administrativos y penales respecto a derechos de propiedad intelectual y facultando al Sistema de Solución de Controversias de la OMC para actuar si surgen diferencias comerciales en torno a ellos, los cuales se comenzaron a aplicar en el año 2000 ( Sádaba, 2008, p.70 ).

En América Latina, estas disposiciones se vieron impulsadas en un primer momento por el NAFTA, creado en 1992, para que México se adapte a las normativas de Estados Unidos y Canadá. El NAFTA había sido el modelo para las normas de la OMC de 1994 y luego por el Proyecto ALCA, un proyecto de zona de libre comercio desde Alaska a Ushuaia que se impulsó desde 1998 hasta su rechazo en 2005.

Ante el fallido intento por imponer el ALCA, Estados Unidos ha promovido numerosos tratados bilaterales de libre comercio (TLC) con varios países de América Latina. Es el caso de los tratados comerciales con Costa Rica, donde las leyes de propiedad intelectual de la OMPI se incluyen dentro de un paquete más general que incluye normas para el comercio internacional.

Estados Unidos también impulsa en América Latina iniciativas multilaterales como la Alianza del Pacífico, que incluye a México, Colombia, Perú y Chile, y desde 2009 —a nivel global— el Acuerdo Transpacífico (conocido como TPP por sus siglas en inglés), creado entre Chile, Nueva Zelanda, Singapur y Brunei en 2005 y firmado luego por Estados Unidos, Canadá, México, Perú, Vietnam y Malasia, que solo entrarán en un impasse desde 2016 con el Gobierno de Donald Trump.

Todavía está por verse si se trata de un efectivo revés a las normas del libre comercio o solo de medidas específicas para proteger a sectores industriales retrasados de Estados Unidos, que no son los beneficiarios principales de las normativas globales.

El TPP se proponía organizar las nuevas reglas del derecho económico global del siglo XXI, en línea con la Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión (conocido como Tratado Transatlántico o TTIP), una propuesta de libre comercio entre Estados Unidos y la Unión Europea sobre la base de la regulación del comercio, los servicios, la inversión y la propiedad intelectual ( Merino, 2018, p.23 ).

Los acuerdos regionales como el Mercosur o la CELAC intentaron avanzar en un bloque económico y político regional desde la caída del proyecto ALCA en 2005 y realizaron sustantivos avances en esta dirección, como la consolidación de un sistema de solución de controversias de carácter permanente, el Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM) para resolver las asimetrías entre los países miembros y el Parlamento del Mercosur (Parlasur) para la representación directa de lo ciudadanos del bloque.

En relación al conocimiento, como parte del intento de promover la integración productiva sobresale el Programa Marco de Ciencia y Tecnología y el Programa de Apoyo a la Biotecnología en la Plataforma Biotech, que se proponen promover innovaciones tecnológicas (dado el auge del agronegocio en la región).

Esta segunda iniciativa es impulsada y a la vez condicionada por la Unión Europea, que es la fuente de financiamiento de estas actividades y que por ello pretende ser la propietaria de los derechos de propiedad derivados de estas iniciativas ( Perrota y Porcelli, 2016 ).

Una de las excepciones notables a estos avances en el ámbito latinoamericano fue la iniciativa del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación (conocido popularmente como el Código Ingenios) en Ecuador, donde se juntó en un solo cuerpo jurídico las normas sobre ciencia, tecnología e innovación, con los saberes ancestrales y la propiedad intelectual ( Pazos, 2016, p.553 ).

El Código deroga la Ley de Propiedad Intelectual y aprovecha las flexibilidades de las normas internacionales promoviendo un equilibrio entre los derechos de los titulares y los usuarios, en procura de objetivos de desarrollo ( Ramírez, 2014, pp.49-54 ).

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Sin embargo, el cambio de signo de los Gobiernos de la región desde 2015 y la renovada preferencia por el “regionalismo abierto” de los años previos, llevan a priorizar la celebración de acuerdos de libre comercio como el MERCOSUR-Unión Europea, que en los hechos implican un renovado fortalecimiento de la propiedad intelectual.

Nuevas mercancías “ficticias” El conocimiento —como los bienes de la naturaleza— debe ser considerado un bien común, y la forma de gestionarlo así como la propiedad de los bienes comunes es de hecho anterior a la basada en la distinción público/privado.

  1. La privatización de las tierras comunes entre los siglos XV y XVI fue determinante en el proceso de desposesión de los productores, característico de la acumulación originaria, y fue condición necesaria para el desarrollo del capitalismo.
  2. Como señala Polanyi, la Tierra —en tanto producto de la naturaleza— no es producto del trabajo humano y es, por lo tanto “una mercancía ficticia”.

Es falso suponer que la mano de obra, la Tierra y el dinero sean mercancías, pero a partir de o con la ayuda de, esta ficción se organizan los “mercados”, y lo más importante: se vuelven el principio organizador de la sociedad. El punto crucial es este: la mano de obra, la tierra y el dinero son elementos esenciales de la industria: también deben organizarse en mercados; en efecto, estos mercados forman una parte absolutamente vital del sistema económico.

  • Pero es obvio que la mano de obra, la tierra y el dinero no son mercancías; en el caso de estos elementos, es enfáticamente falso que todo lo que se compra y se vende debe haber sido producido para su venta ( Polanyi, 1992, p.81 ).
  • Haciendo de la Tierra una mercancía se instala el principio de la propiedad privada y el principio de lo público-privado como los principios organizadores del orden económico y social, dejando al margen lo “común”.

En la primera mitad del siglo XX la teoría económica convencional teorizó sobre los bienes públicos. A diferencia de los bienes privados, que son rivales (el aumento de la cantidad consumida por un individuo implica necesariamente la reducción de la cantidad consumida por otro) y excluyentes (se puede excluir a un individuo del consumo de un bien mediante el sistema de precios), los bienes públicos son aquellos bienes donde el costo marginal de producir una unidad adicional es nulo.

Asimismo, son bienes no excluyentes, no se puede excluir a ningún agente del consumo de dicho bien (por ejemplo, del alumbrado público), lo que justifica su provisión desde el Estado, ya que puede obtener el “precio” a través de los impuestos, a condición de que se reflejen las condiciones de equilibrio del mercado (precio positivo e igual al costo marginal).

Adicionalmente, aparece el problema del free-rider, la posibilidad de un individuo de ocultar sus preferencias y acoplarse al consumo del bien sin pagar. Como vemos, lo que se muestra es un problema teórico y práctico, que el mercado no sirve para revelar las preferencias de los individuos, no se puede estimar la demanda y el oferente no sabe cuánto debe ofrecer del producto, alterando el funcionamiento fluido y equilibrador del mercado, justificando la provisión de dichos bienes por el Estado (seguridad y administración de justicia son ejemplos clásicos de bienes públicos).

El proceso político debe, entonces, reemplazar la ausencia de demanda, permitir revelar las preferencias de los consumidores/ciudadanos y determinar la oferta de bienes públicos. Sin embargo, que exista una “falla de mercado” no implica necesariamente la producción desde el Estado de dicho bien, pero sí al menos su financiamiento o la regulación de la actividad estableciendo una tarifa en el caso de las concesiones de servicios públicos o la creación de incentivos a la eficiencia mediante la creación o exención de impuestos o el otorgamiento de subsidios.

En el período de auge del Estado keynesiano-benefactor, el hecho de que el Estado se encargara de la provisión de numerosos bienes públicos requería elaborar una justificación que permitiera congeniar dicha provisión con la subsistencia de los principios de la economía neoclásica.

En ese contexto surge la idea de la Tragedia de los comunes ( Hardin, 1968 ), donde se concluye que la acción racional e individual de explotación de bienes de la naturaleza, en tanto busca la maximización del bienestar individual, termina sobreexplotando el recurso natural y eliminando los beneficios comunes, de lo cual se deriva una justificación para la propiedad privada de los mismos.

Con dichos argumentos también se pretende “proteger” en la actualidad a los productos del conocimiento, lo que deriva en un efecto contraproducente, denominado por Michel Heller, la Tragedia de los anticomunes (1998), esto es, la creación de un sistema que sub-utiliza el conocimiento a causa del patentamiento exagerado de bienes.

Ello impide la libre utilización de los conocimientos porque se quiere estimular el crecimiento promoviendo la innovación, pero al mismo tiempo se bloquea la difusión de las innovaciones, lo que es una contradicción del capitalismo cognitivo que debería ser resuelta si se quiere construir una verdadera economía fundada en los conocimientos.

En el caso de los bienes de la naturaleza, subrayar el carácter común de estos bienes se propone como objetivo la conservación de recursos escasos y no renovables. Desde la economía neoclásica convencional, Elinor Ostrom (1990) —la investigadora de la escuela de Indiana que recibió el Premio Nobel de Economía en 2009— ha planteado una salida alternativa a la privatización, que consiste en alcanzar acuerdos adecuados entre los participantes basados en reglas claras, supervisiones recíprocas y compromisos mutuos, articulados para la búsqueda del bien común.

En el caso del conocimiento, de forma alternativa a los principios individualistas de la economía neoclásica, el economista italiano Vercellone (2017) propone plantear lo común como “modo de producción”, que tiene como punto de partida la transformación de la colaboración en el trabajo. Se trata justamente de un bien común que no es escaso, sino abundante, acumulable, “no rival” y “no excluible”.

Como no es susceptible de sobreexplotación y no justifica, por lo tanto, la propiedad privada de los mismos: No sólo el capital, sino el mismo producto del trabajo es cada vez más inmaterial y se incorpora en bienes de innovación, de conocimiento, en servicios informáticos que constituyen mercancías ficticias.

¿Por que mercancías ficticias? Son mercancías ficticias porque escapan a los criterios que definen las mercancías tradicionales en razón de su carácter no competitivo, acumulativo y difícilmente excluible ( Vercellone, 2009, p.90 ). Para algunos autores, los derechos de propiedad intelectual constituyen “nuevos cercamientos” o enclosures, de la misma forma que durante la llamada Acumulación Originaria las leyes de cercamientos de la tierra imponían las condiciones iniciales para el despliegue de la acumulación capitalista convencional.

Esta vez estos cercamientos tendrían como objetivo imponer las bases de un capitalismo sustentado sobre nuevos pilares, un “capitalismo cognitivo” donde la producción de bienes inmateriales impone su hegemonía a la producción típica del período industrial clásico o fordista.

En el capitalismo cognitivo, la propiedad intelectual es reforzada porque es el único mecanismo que permite la apropiación privada del conocimiento crecientemente social y su control es estratégico para la valorización del capital. Destaca Moulier Boutang que esta nueva “gran transformación” que significa el capitalismo cognitivo —tomando los términos de Karl Polanyi— hace necesaria la creación de nuevas “mercancías ficticias” como la introducción de mecanismos de escasez “artificiales”, “para limitar temporalmente su difusión y para reglamentar el acceso” (Rullani, 2002).

En ese sentido, Boutang señalaba en 2001 que: El capitalismo cognitivo se encuentra en su fase de acumulación primitiva, en el sentido de que el conjunto de los derechos de propiedad instaurados entre los siglos XVII y XVIII, y a partir de los cuales ha razonado la economía política clásica —y que a su vez a contribuido a perfeccionar y legitimar— constituye un límite infranqueable para la inscripción del potencial de desarrollo de las fuerzas productivas de la actividad humana en una trayectoria de crecimiento regular y en el marco de un compromiso institucional con las fuerzas de la vieja economía ( Moulier Boutang, 2004, p.111 ).

Para Boutang, los viejos derechos de propiedad son un límite para el desarrollo de las fuerzas productivas en la medida que no permiten aprovechar los efectos productivos positivos y gratuitos (“externalidades positivas” en la jerga económica convencional) de las múltiples interacciones de una economía basada en el conocimiento, una actividad gratuita, incesante y continua.

Si se obliga a recurrir al intercambio mercantil para la producción de bienes conocimiento-intensivos se estaría privando a la sociedad de una de las fuentes esenciales de la productividad de los agentes económicos ( Moulier Boutang, 2004, p.116 ). En el mismo sentido se expresa el geógrafo David Harvey, para quien los mecanismos de la acumulación primitiva se perfeccionaron para dar origen a nuevos mecanismos de acumulación por desposesión: La insistencia en los derechos de propiedad intelectual en las negociaciones de la OMC (El llamado acuerdo TRIPS) indica cómo se pueden emplear ahora la patentes y licencias de material genético, plasma de semillas y muchos otros productos contra poblaciones enteras cuyas prácticas han desempeñado un papel decisivo en el desarrollo de estos materiales ( Harvey, 2003, p.118 ).

Los juristas de la Universidad de Stanford, especializados en el estudio de la propiedad intelectual como James Boyle y Lawrence Lessig, coinciden con estas consideraciones ante la privatización de bienes comunes que a priori estaban excluidos del derecho de propiedad (Vercelli, 2004). Afirma James Boyle (2003) que aquello que se conoce como enclosure forma parte de un movimiento de privatización de los bienes comunes o bienes que estaban fuera del sistema propiedad.

Lo que se conoce como la tragedia de los bienes comunes se dio primero en Inglaterra y luego en otras regiones europeas, durante el siglo XVIII. Yochai Benkler (2003) y Lawrence Lessig (2005), al discutir el alcance de la propiedad intelectual, propusieron actualizar el debate sobre los “bienes comunes”, como son los recursos naturales y el propio conocimiento.

Si a los bienes privados y a los bienes públicos corresponden la propiedad privada o la propiedad pública, a los bienes comunes les debería regir la no propiedad ( Lessig, 2005 ). La posibilidad del capital de poner a trabajar al común surge de una nueva organización de la producción que necesita de la valorización del trabajo, pero bajo modalidades novedosas y sofisticadas.

Conclusiones A lo largo de este trabajo hemos indagado en el origen y la evolución de los derechos de propiedad intelectual desde los primeros derechos de autor hasta las patentes, desde la protección otorgada a inventores individuales hasta su atribución contemporánea a las grandes corporaciones.

Señalamos también el cambio en la materia que es objeto de derechos de propiedad intelectual, su ampliación incesante e ilimitada más allá de los inventos hacia los descubrimientos y su extensión final hasta el patentamiento de la vida misma. Todo ello supone dar lugar a nuevas mercancías ficticias acompañadas de marcos jurídicos regulatorios de carácter nacional y global que son la condición de posibilidad del sostenimiento de dicho avance.

Procuramos establecer las claves para comprender el sentido del avance de la protección de la propiedad intelectual en los más diversos campos, incluso más allá del estrictamente vinculado a la economía propiamente dicha y en todos los niveles políticos: ya sean estatales, regionales o globales.

Para ello establecimos la necesidad de pensar el conocimiento como un bien común, indispensable en una nueva lógica de la acumulación basada en la generación y apropiación de conocimientos donde estos se convierten en una mercancía fundamental que supone —parafraseando el título del célebre libro de Piero Sraffa (1975)— la “producción de conocimientos por medio de conocimientos”.

Los principales beneficiarios —interesados e impulsores— de la proliferación de los derechos de propiedad intelectual son las grandes industrias y las grandes firmas de los sectores tecnológicos destacados durante el último cuarto de siglo, por ejemplo, la industria farmacéutica, las tecnológicas y las que sobresalen en el plano cultural y de entretenimiento, pues todas ellas se construyeron y se sostienen gracias a estos derechos.

  • La industria de los medios está plagada de historias sobre copias de contenidos, pero hoy son los principales impulsores de la propiedad intelectual, en parte debido a que los ingresos por royalties y derechos constituyen actualmente el principal rubro de exportación de la industria norteamericana.
  • Esto no debe sorprender, ya que la historia del ascenso en la economía mundial señala que los países que impulsaron deliberadamente el desarrollo siempre necesitaron de políticas industriales, comerciales y tecnológicas activas que incluyeran copiar desarrollos tecnológicos, de forma que cuando finalmente alcanzaron el status de países “desarrollados” no permitirían el mismo comportamiento de los países en vías de desarrollo según la célebre expresión de Ha-Joon Chang, ellos dieron una “patada a la escalera” ( Chang, 2002 ).

Los principales perjudicados de las leyes de propiedad intelectual son todos aquellos que pretenden disponer libremente de los conocimientos socialmente generados. La sociedad como un todo no percibe beneficios de estos “nuevos cercamientos”. Tampoco los perciben los pueblos originarios que durante siglos se han dedicado a mejorar las semillas y que ven sus esfuerzos capturados por empresas multinacionales que luego les imponen sus lógicas rentistas.

También se perjudican las empresas pequeñas y medianas que, para realizar una investigación —frente a la proliferación de las patentes más inverosímiles y ante la necesidad de desarrollar una innovación propia— probablemente infringirán alguna patente ya existente. Esta situación las colocaría en desventaja respecto a las grandes empresas, muchas de las cuales se dedican sobre todo a acumular patentes no necesariamente para utilizarlas, sino para evitar que otros las usen o como moneda de cambio frente a otras empresas grandes con las cuales concretan acuerdos de uso de patentes, perjudicando a las empresas pequeñas y favoreciendo la centralización del capital.

Probablemente las consecuencias derivadas de estos avances de la protección de la propiedad intelectual sigan teniendo lugar habida cuenta de la centralidad que adoptan como mecanismos de generación y apropiación privada de conocimientos comunes. Este recorrido deberá completarse en el futuro con estudios de caso que diferencien sectores, países y niveles de desarrollo relativo, para evaluar el impacto concreto de estas iniciativas que seguirán teniendo un lugar central en la governance del capital global.

Esta gestión política de la acumulación a escala global no estará exenta de conflictos, en la medida que en este capitalismo cognitivo una de las contradicciones más evidentes radica en el hecho de procurar la difusión del conocimiento y de la información, y a la vez bloquear el desarrollo de los conocimientos con las regulaciones crecientes sobre la propiedad intelectual.

Vercellone subraya muy claramente esta dimensión contradictoria del intento de captar lo común. Se trata entonces de pasar de un capitalismo cognitivo a una verdadera economía basada en el conocimiento, para lo que requerimos formas de propiedad públicas, comunes o mixtas, adecuadas a tales fines.

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¿Qué importancia tiene la imprenta para los humanistas?

Desarrollo – La invención de la imprenta hacia 1450 jugó un papel primordial en la difusión de las ideas humanistas, pues hizo posible la reproducción de libros en forma mecánica. La primeras imprentas comenzaron a funcionar entre 1455 y 1500 en Maguncia y Estrasburgo. Dos tipógrafos alemanes, Sweynheim y Pannartz, introdujeron la imprenta en Italia, y hacia 1465 ya se conocían talleres en Subiaco, y pocos años más tarde se instalaron en Roma y Venecia. Antes de finalizar el siglo, las más importantes bibliotecas de Nápoles, Mantua, Ferrara y el Vaticano, sin dejar de utilizar copistas o scriptores, fueron admitiendo libros impresos. Los dueños de las imprentas eran, por lo general, humanistas que convertían frecuentemente sus talleres en centros de reunión, a modo de academias, en los cuales se establecían contactos entre autores y eruditos, se comentaban y se preparaban ediciones de textos clásicos. Se estima que a partir de 1480 la copia manuscrita es vencida definitivamente por el libro impreso, se multiplicaron tanto los títulos y las ediciones de textos clásicos en lengua original o traducidos a lenguas vulgares, como los manuales, gramáticas y libros de ciencia y filosofía de los propios humanistas. Precisamente, el mayor éxito editorial de un escritor contemporáneo a la revolución de la imprenta correspondió a Erasmo de Rotterdam ” data-toggle=”popover” data-content=”Erudito y escritor holandés (1469-1536), uno de los pensadores más influyentes del humanismo, su pensamiento libre y crítico le granjeó la enemistad tanto de católicos como protestantes. Su defensa de la tolerancia y la educación moral lo convierte en precursor de muchas doctrinas liberales posteriores.”>Erasmo, cuyos “Adagios y Coloquios” conocieron más de 60 ediciones cada uno entre 1500 y 1525. La expansión y la difusión de las ideas se produjo también gracias a los contactos epistolares y académicos que se establecieron entre los propios humanistas. Eso dio lugar a la aparición de diversos humanismos, de los que luego escribiremos, o de corrientes específicas dentro del tronco común. Se distinguen, en este sentido, tres tipos de humanismos: uno filológico y literario, atento al estudio de los textos antiguos, de raíz italiana (florentina y veneciana), pero muy presente en Francia (en París y Lyon). Existe un segundo Humanismo, flamenco, inglés y renano, que sin ignorar la erudición y la creación literaria, se orienta fundamentalmente a la renovación del Cristianismo utilizando como fuentes de inspiración a los clásicos. La tercera variante, cuyos centros más representativos eran Nuremberg, Padua o Cracovia, detiene su atención en la elaboración de una ciencia que sirva al hombre para dominar la Naturaleza. Los valores y las ideas del Humanismo se extendieron también por toda Europa gracias a la adaptación de las universidades medievales a las nuevas realidades. La vieja opinión de que las instituciones de enseñanza fueron un obstáculo para la difusión de las ideas laicistas e individualistas de la nueva cultura ha sido sustituida por otra bien distinta, más acorde con los hechos: algunas universidades, como Padua, Bolonia, Florencia, Roma (La Sapienza), Viena, Erfurt, Basilea, Lovaina, Salamanca o Alcalá de Henares, abrieron sus puertas a los humanistas y con ellos a la resurrección de los clásicos, convirtiéndose en semilleros de adeptos a las nuevas ideas. Estas universidades, además, lograron modificar los valores pedagógicos y sirvieron a los deseos de los nuevos Estados y las burguesías interesadas en una enseñanza utilitarista, orientada hacia la vida laica y no hacia la formación exclusiva de teólogos. Todas ellas contaron entre su profesorado a los primeros humanistas y en todas ellas se enseñaron sin interrupción los “studia humanitatis”. En la “Sapienza” de Roma existían a finales del siglo XV cátedras de astronomía, matemáticas e historia. En Erfurt se enseñaba griego, hebreo, poética y elocuencia. La universidad de Lovaina, fundada en el primer cuarto del siglo XV, acogió bien pronto las ideas y los métodos pedagógicos de los humanistas, y entre 1490 y 1520 pasan por ella figuras tan prestigiosas ya en su tiempo como Erasmo de Rotterdam, Adriano Floriszoon, Juan Luis Vives ” data-toggle=”popover” data-content=”Humanista español (Valencia 1492- Brujas 1540), profesor de la universidad de Lovaina donde conoció a Erasmo. Sus escritos apuntan hacia el papa como intercesor en la mediación de los príncipes cristianos a favor de la paz. También buscó soluciones públicas para los marginados. Impartió clases en Oxford y se enfrentó a Enrique VIII.”>Luis Vives y otros.
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¿Qué hay en una imprenta?

Servicio de imprenta > Servicio de imprenta Las empresas que cubren el servicio de imprenta se dedican a reproducir textos e imágenes sobre papel, tela u otros materiales. A la hora de buscar empresas proveedoras de este servicio, los demandantes deben tener en cuenta una serie de consideraciones. PRIMERA. Existen dos métodos de impresión: offset y digital, En la siguiente tabla se recogen las ventajas y desventajas de cada tipo. Cual Es El Beneficio De La Imprenta SEGUNDA. Los productos que se pueden obtener gracias al servicio de imprenta son innumerables. Por ello, hemos decidido recogerlos en una posible clasificación.

Impresos comerciales. Como por ejemplo catálogos, etiquetas, flyers, trípticos, etiquetas, pegatinas, folletos, tarjetas, folletos, códigos de barras, invitaciones, entre otros. I mpresos no comerciales. Se incluyen aquí talonarios, sobres, manuales, carpetas, cartas, calendarios, etc. Impresos fiscales. Todo lo que tiene que ver con facturas, nóminas, notas de cargo, notas de venta, notas de consumo, notas de crédito o notas de arrendamiento. Impresos no fiscales. Como remisiones, notas de venta simplificadas, pre-facturas, recibos de parcialidades

TERCERA. Algunas imprentas ofrecen servicios adicionales. Entre estos servicios se encuentran los de asesoramiento, diseño gráfico, promoción, etc. De este modo, las labores de diseño e impresión no corren únicamente a cargo de la empresa dedicada a estos servicios, sino que se realiza de forma conjunta.

CUARTA. Existen tanto imprentas físicas como imprentas online, a las que les encargas un pedido y te lo hacen llegar a donde acordéis en pocos días. Ambas te ofrecerán un servicio y productos de calidad. Servicities es un portal profesional que facilita la contratación de servicios entre empresas demandantes de un servicio y proveedores de dicho servicio.

De este modo, tanto oferentes como demandantes se beneficiarán de una contratación más sencilla. Además, las empresas demandantes pueden filtrar para dar con el proveedor que más se ajusta a sus necesidades. Si buscas servicio de imprenta, en Servicities darás con los mejores proveedores.
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¿Qué impacto tuvo la creacion de la imprenta?

Difusión de la cultura y el saber – Fue además una herramienta que se empleó para difundir la cultura y el saber, terminando así con el analfabetismo. Aquellos que no sabían ni leer ni escribir, iban a aprender a hacerlo. La imprenta favoreció la comunicación y la divulgación del saber.
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¿Cuál es la evolución de la imprenta?

Hacia 1440, Johannes Gutenberg inventó la imprenta moderna con tipos móviles. Este hito permitió una mayor difusión del conocimiento en Europa. Desde el siglo XV, las técnicas de impresión han cambiado mucho. Repasamos la evolución de la imprenta hasta el presente.

  1. La evolución de la imprenta ha derivado en los actuales sistemas de impresión directa e indirecta.
  2. Entre las técnicas de impresión directa destacan la flexografía, el huecograbado, la calcografía y la serigrafía.
  3. Los tipos de impresión indirectos son el offset y la impresión digital, las dos técnicas más utilizadas que, a día de hoy, ofrecen una calidad muy similar.

La evolución de la imprenta ha sido muy larga desde Gutenberg hasta la impresión digital, que surgió a finales del siglo XX. Ahora mismo sería impensable seguir utilizando las mismas técnicas de impresión que hace siglos, ya que no podrían satisfacer la demanda actual, ni permitirían llegar a los plazos de entrega y calidad exigidos.
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¿Cómo era la vida antes de la imprenta?

Érase una vez la imprenta – Gráficas Continuos Alicante La invención de la imprenta, a finales de la edad media, transformó a la sociedad humana y abrió una nueva era permitiendo conservar el pensamiento escrito o la imagen en libros, poniéndolos al alcance de la humanidad.
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¿Cuál es la importancia de la cultura costarricense?

Costa Rica, su cultura y tradiciones Costa Rica, su cultura y tradiciones Las relaciones y el respeto a la población de un país se abordan desde muchas áreas, como lo son las actividades propias de los habitantes, a saber: culturales, tradicionales, religiosas, deportivas y cívicas.

La cultura y tradiciones son fundamentales en la vida de la sociedad, fortalecen la identidad de un pueblo, la cual debe ser respetada, algunas de ellas: desfiles de boyeros, turnos, ferias, campeonatos deportivos, mascaradas, topes, corridas de toros, juegos tradicionales, entre muchas más. No existe en Costa Rica un solo cantón que no festeje el día de su santo, sea este a nivel cantonal o distrital, todas estas celebraciones cuentan con fechas específicas para llevar a cabo la gran fiesta con: comidas típicas, ferias, misas en honor del santo patrono, actividades culturales, campeonatos deportivos, bendición de personas, autos y animales, juegos de pólvora, mascaradas, entre otros.

De esta forma, cómo no hacer mención de la Semana Santa, la cual viven fervorosamente los creyentes en la de católica, donde se llevan a cabo diversas actividades religiosas, entre ellas las procesiones por los principales cuadrantes de las parroquias, la donación y la venta de mercaderías en los huertos y cómo olvidar la diversidad en la gastronomía como tradición a la conmemoración de la Semana Mayor.

  1. En la Semana Santa nuestros abuelos contemplaban una dieta totalmente diferente a la de hoy día, que se preparaba con antelación.
  2. En las zonas rurales no era extraño ver los hornos de barro encendidos desde horas muy tempranas, como tampoco era extraño ver a los vecinos reunidos para preparar el famoso pan casero, rosquillas, biscocho y las empanadas de chiverre, los niños y niñas anhelaban el pan en forma de muñeco con ojos de frijol, cómo no recordar a la abuela preparando el chiverre y la utilización de cal en el proceso, el famoso encurtido preparado con ácido bastante fuerte y de color morado, efecto de la remolacha y, por supuesto, el arroz con leche que despedía el olor a canela.

El atún y la sardina se consumían solamente en Semana Santa, el menú favorito era: la sopa de bacalao con raíz de chayote, arroz, frijoles, atún o sardina según el gusto de cada persona, el famoso encurtido y el palmito; en lugar de tortillas se comía el tamal mudo de maíz relleno de frijol servido en rebanadas; pero como si eso fuera poco, de forma casi simultánea se servía el café, con pan casero, empanadas de chiverre y el delicioso biscocho.

  • Nuestras costumbres han variado bastante, recuerdo los cuentos o leyendas que advertían de la peligrosidad de bañarse el Viernes Santo por el gran riesgo de convertirse en sirena.
  • Creo que las personas que contamos con más de 40 años podemos recordar cómo era el tránsito vehicular en los años 70, primero eran muy pocos los carros que existían en la zona rural, solo “la gente de plata” contaba con un vehículo, durante el Jueves y Viernes Santos no transitaba ninguno de los pocos autos, no se contaba con servicio de trasporte público, se caminaba “parejito” durante la semana, la procesión de Jueves Santo se llevaba a cabo a altas horas de la noche y por varios kilómetros e igual pasaba con el Viernes, con el agravante de que eran dos procesiones en un día y nuevamente con recorridos muy extenuantes.

Algunos podemos recordar con nostalgia aquellas épocas. Sin embargo, creo que actualmente tenemos la obligación de revivir nuestra cultura, tradiciones y sobre todo la espiritualidad y la fe que son conceptos muy íntimos y nos ofrecen paz interna, disfrutemos de lo nuestro y sobre todo compartamos en familia, feliz Semana Santa a todos(as).
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¿Cuáles son las 8 culturas de Costa Rica?

ONU: “Necesitamos priorizar el derecho de los pueblos indígenas a poseer, utilizar y manejar sus tierras en Costa Rica” ONU: “Necesitamos priorizar el derecho de los pueblos indígenas a poseer, utilizar y manejar sus tierras en Costa Rica” 19 abril 2021 Naciones Unidas expresa preocupación por violencia en territorios indígenas de Salitre, Térraba, China Kichá y Cabagra.

Día del Aborigen Costarricense – 19 de abril 2021 San José, 16 de abril de 2021 – En el marco del Día del Aborigen Costarricense, la Organización de las Naciones Unidas reconoció la gran importancia y las contribuciones fundamentales que realizan los pueblos indígenas a Costa Rica en relación con sus aportes a la economía, la cultura, el desarrollo social y la protección del ambiente, entre otros ámbitos.

En Costa Rica residen más de 104 mil personas indígenas, pertenecientes a 8 pueblos, de las cuales 36 mil habitan en 24 territorios. Bribris, Cabécares, Malekus, Chorotegas, Huetares, Ngabes, Bruncas y Terrabas, conforman los pueblos indígenas del país.

La ONU destacó que cada uno de estos pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de la civilización y cultura de Costa Rica. En este contexto, la Organización de las Naciones Unidas hizo un llamado al Estado y a la sociedad costarricense para asegurar que en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas estén libres de toda forma de discriminación.

En particular, la ONU destacó que se debe respetar, proteger y garantizar el derecho de los pueblos indígenas a poseer, utilizar y manejar sus tierras, territorios y recursos. Naciones Unidas expresó preocupación por los diferentes hechos de violencia, incluidas amenazas, contra las personas indígenas, en los territorios indígenas de China Kichá, Térraba, Salitre, y recientemente en Cabagra.

Recordó que corresponde al Estado adoptar las medidas urgentes para proteger a las personas y comunidades amenazadas. Exhortó, además, al Estado a seguir impulsando las acciones necesarias para investigar, sancionar y juzgar a las personas responsables de estos hechos violentos, y a resolver de manera pronta y efectiva los asesinatos de los líderes indígenas Sergio Rojas y Jerhy Rivera.

Asimismo, la organización exhortó al país a seguir avanzando con la política nacional de pueblos indígenas con base en los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, incluidos los relacionados con la consulta. Igualmente, señaló la necesidad de adoptar las medidas legislativas, ejecutivas y judiciales encaminadas a la protección de los derechos humanos y el logro del desarrollo sostenible para todos los pueblos indígenas de Costa Rica en tiempos de la COVID-19.

Datos oficiales muestran que los pueblos indígenas de Costa Rica presentan importantes rezagos en diversas áreas en comparación con el resto de la población. Por ejemplo, el 70% de los hogares indígenas presenta necesidades básicas insatisfechas en ámbitos como la salud, la educación y la vivienda, mientras que el porcentaje nacional apenas llega al 24%.

El porcentaje de mujeres adolescentes indígenas que son madres supera el doble del total nacional (10,2% frente a 4,3%), así mismo el porcentaje de niñas que indígenas en unión libre (12,7% frente a 4,3%). Sólo el 40% de los indígenas tiene acceso a agua potable, mientras el alcance nacional es del 90%.

Asimismo, apenas el 67% de la población indígena tiene acceso a la electricidad, pero el 99% de toda la población sí lo tiene. Respecto a la educación, sólo el 13% de los indígenas se gradúa del colegio y el 41% de esta población presenta algún rezago escolar. Allegra Baiocchi, Coordinadora Residente de la ONU, indicó que las Naciones Unidas siguen comprometidas en apoyar a Costa Rica para asegurar que el principio de NO DEJAR A NADIE ATRÁS, piedra angular de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sea una realidad para los pueblos indígenas del país, con pleno respeto a su cosmovisión, lenguas, costumbres, culturas, valores y acceso al desarrollo.

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¿Quién trajo la primera imprenta a Costa Rica?

Imprenta « Museo Nacional de Costa Rica. Primera imprenta que llegó al país, importada en 1830 por el comerciante costarricense Miguel Carranza.
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¿Qué invento supero a la imprenta?

A pesar de que Gutenberg inventara la imprenta, los libros de hoy serían muy diferentes si no fuera por las innovaciones aportadas por el veneciano Aldo Manuzio. Él fue el inventor del llamado Aldine, un formato de libro impreso entre los últimos años del siglo XV y los primeros del siglo XVI en su taller en Venecia.
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¿Quién perfeccionó el uso de la imprenta?

Tras años de investigaciones y ensayos en secreto, Johannes Gutenberg dio hacia 1450 con la invención de la imprenta, un sistema que transformaría la difusión del saber en Europa.
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