Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura?

Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura
Para ingresar debe ir a Registro de Contribuyentes, en sii.cl, recuadro Cédula Rut Electrónica (e- RUT ), Opción Solicitar e- RUT, en donde deberá ingresar el RUT del Contribuyente o Representante Legal con su clave SII.
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¿Qué es el RUT factura?

El Registro Único Tributario (RUT) es el mecanismo único para identificar, clasificar y ubicar a las personas y entidades sujetas a obligaciones administradas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. FacturaDirecta es el programa de facturación online que simplifica tus tareas administrativas. Crea una cuenta, Este registro único tributario cumple con dos cometidos:

  1. Avalar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes tenga una relación laboral, comercial o económica. También ante los diferentes entes de supervisión y control.
  2. Que la DIAN pueda contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos inscritos en el mismo. Con el ánimo de desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que garantice el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

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¿Cómo puedo comprar con factura Chile?

Para comprar con factura, un comerciante debe exhibir su RUT. Si los comerciantes son personas naturales, debern portar la Cdula de Identidad, pues reemplaza al Rut. Puede obtener mayor informacin relativa a este tema en el sitio Web del SII, men Normativa y legislacin, Resoluciones, opciones Resolucin Exenta N 6289, de 1998, Resolucin N 51, Resolucin N 52 y Resolucin N 66, todas del 2015.
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¿Cómo se obtiene el RUT de la empresa?

Saltar al contenido Guia para sacar el RUT de empresa en SII.CL fabouru 2018-10-03T14:18:05+00:00 Hola! En este documento te ayudaremos a sacar el RUT de tu empresa en la página de SII.CL El proceso te tomará unos 20 minutos. Es importante que tengas a la mano todos los documentos legales de la Constitución de tu Sociedad. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Paso 2. Ingresa a Servicios Online > Selecciona Rut e Inicio de Actividades > Inscripción y Obtención de RUT > Registrar y Obtener RUT Personas Jurídicas Comerciales. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Todos los contribuyentes con Inicio de Actividades pueden realizar a través de Internet la apertura o cierre de sucursales. Aquí te enseñamos cómo. Si has realizado algún cambio de Domicilio Tributario, recuerda que tienes hasta 15 días hábiles para informarlo al SII. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Paso 3. CAPITAL Y SOCIOS : El sistema debería mostrarte la información de los socios y el capital aportado. Si la información que muestra el sistema está correcta, déjala así. Si no, debes ingresar en validar información y si tienes más socios que agregar o capital invertido debes buscar en la constitución el segmento donde habla de capital y acciones. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Debes guiarte por el artículo: Capital y Acciones. Para llenar correctamente este segmento, una vez que la información que aparece es la misma que aparece en el portal entonces puedes continuar presionando VALIDAR INFORMACIÓN. Paso.4 REPRESENTANTES: En esta parte debes primero seleccionar la forma de actuación del o los representantes legales. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Esta información aparece igual en la Constitución de la sociedad en la parte que dice la Administración. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Una vez seleccionada debes completar la información de los representantes legales en Agregar Representante en la cual la fecha de representación ya aparece pre llenada. Si la información que estás declarando está igual que en la constitución de tu empresa puedes darle agregar. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Paso 5. Ahora estas en la parte de CONSTITUCIÓN Cuando te habla de : Escritura, se refiere a la constitución de la Sociedad. Y cuando habla de Registro de Comercio se refiere la Certificación de Inscripción de Registro de Comercio de Santiago. En la parte de N° de Documento / ID y fecha debes colocar el número de repertorio que aparece en la portada de la Constitución de la Sociedad. Y en la parte de registro de comercio debes poner: El número correlativo del Registro de Comercio que aparece en la segunda línea, justo debajo del número de repertorio. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Paso 6. DIRECCIONES: Debes completar la dirección de tu domicilio tributario, con su respectivo Rol del inmueble y comuna. (Si no tienes Dirección Tributaria, puedes cotizarla con nosotros aquí ) El Correo electrónico es el correo de contacto de la empresa que usará SII para contactarse contigo. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Paso 7, Ahora estás en el RESUMEN: En esta parte solo verificas que la información que aparece está correcta y declarar que la información es fidedigna. A continuación presiona obtener Rut. Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura Recuerda hacer click en la parte inferior del lado izquierdo donde dice: “Declaro que la información es expresión fiel a la verdad, por lo que asumo la responsabilidad correspondiente”. Ejemplo de como luce tu certificado de RUT: Como Obtener Rut Para Comprar Con Factura
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¿Cómo sacar el RUT por primera vez Chile?

– Instrucciones Trámite en línea Haga clic en ‘ir al trámite en línea’. Seleccione y haga clic en ‘inscripción y obtención de Nº de RUT ‘. Luego, escoja el tipo de contribuyente que obtendrá RUT. Escriba su RUT y clave.
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¿Qué es el RUT de un cliente?

El Registro Único de Contribuyente ( RUC ) o Registro Único Tributario ( RUT ) es un registro que identifica a las empresas dentro de algún país. Según los casos, el mismo depende tanto del Ministerio de Economía como de la Dirección General Impositiva (DGI) de cada país.

Dicha inscripción es de carácter obligatorio para todas las empresas que quieran comenzar sus operaciones. El número 1798285937001 es un ejemplo de número que identifica a una empresa a nivel nacional del Ecuador. Generalmente reflejado en la facturación de ventas, en el registro de personería jurídica de la empresa en cuestión.

Todas las nuevas empresas que quieran empezar a operar, deben en primer lugar, registrarse en el RUC, momento en que se le asigna un número identificatorio con el cual podrá facturar. El RUC corresponde a un número de identificación para todas las personas naturales, jurídicas y sociedades que realicen alguna actividad económica en forma permanente u ocasional, o que sean titulares de bienes o derechos por los cuales deban pagar impuestos.
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¿Qué se necesita para comprar con factura?

Compras Con Facturas

Requisitos: Exhibir original o fotocopia legalizada ante notario del RUT de la empresa a nombre de la cual se efecta la compra. Registrar en la Factura o Gua de Despacho el nmero de la cdula de identidad y nombre de la persona que realiza la compra. Exhibir la cdula de identidad de la persona que realiza la compra. La persona que realiza la compra debe firmar la factura o Gua de Despacho.

Las instrucciones estn contenidas en la resolucin N6.289, publicada en el Diario Oficial el 31 de Octubre de 1998. Evtese Problemas El Servicio de Impuestos Internos informa que a partir del 1 Diciembre al solicitar Facturas o Guas de Despacho por las compras realizadas en Supermercados y Tiendas Comerciales, se debern presentar los antecedentes que se indican al lado izquierdo.

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¿Como persona natural puede pedir factura?

La respuesta correcta es ✔ Personas Naturales deben pedir boleta de venta electrónica por sus gastos en hoteles y restaurantes.
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¿Qué pasa si compro con factura y no tengo inicio de actividades?

No, la factura debe emitirse en aquellas operaciones que se realicen con otros vendedores o prestadores de servicios. En las restantes situaciones, debern ser emitidas boletas. Puede obtener mayor informacin relativa a este tema en el sitio Web del SII, men Normativa y Legislacin, opcin Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, donde se encuentra el artculo 53 que regula esta materia.
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¿Cuánto cuesta el RUT por primera vez?

​ PREGUNTAS FRECUENTES INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT 1. ¿Qué es el Registro Único Tributario – RUT? Respuesta: El Registro Único Tributario – RUT, administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del Régimen Común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.2.

¿Qué es el NIT? Respuesta: es el Número de Identificación Tributaria, el cual es asignado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y permite la individualización inequívoca de los inscritos para todos los efectos, en materia tributaria, aduanera y de control cambiario y, en especial, para el cumplimiento de las obligaciones de la misma naturaleza.3.

¿Para qué sirve el RUT? Respuesta: contar con el RUT le permite:

Que terceros con quienes usted sostenga una relación comercial, laboral o económica identifiquen su actividad económica registrada en el RUT. Acreditar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general. Identificar y reconocer sus obligaciones Tributarias Aduaneras y Cambiarias TAC frente al Estado Colombiano. Realizar los trámites relacionados con el cumplimiento de las obligaciones TAC a través de los servicios en línea y presenciales que le ofrece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

4. ¿Qué costo tiene la inscripción en el RUT? Respuesta: la inscripción en el RUT no tiene ningún costo, el trámite es completamente gratuito, así como el formulario requerido para ello.5. ¿Quiénes están obligados a inscribirse en el RUT? Respuesta: están obligados a inscribirse en el RUT: a) Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, y demás Impuestos administrados por la DIAN.

b) Los patrimonios autónomos, en aquellos casos que por disposiciones especiales deban contar con un NIT individual; tenga en cuenta que: las sociedades fiduciarias que administren patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior, en desarrollo y cumplimiento de la regulación aduanera, deberán realizar la inscripción en el Registro Único Tributario – RUT de dichos patrimonios autónomos para la obtención del Número de Identificación Tributaria – NIT, que los identifique de manera individual.

c) Los inversionistas extranjeros obligados a cumplir deberes formales; d) Las sucursales en el país de personas jurídicas o entidades extranjeras; e) Las personas naturales que actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general que deban suscribir declaraciones, presentar información y cumplir otros deberes a nombre del contribuyente, responsable, agente retenedor, declarante, informante o inversionista extranjero, en materia tributaria, aduanera o cambiaria.

Así mismo, deben cumplir con esta inscripción los revisores fiscales y contadores, que deban suscribir declaraciones por disposición legal; f) Las personas y entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio y las personas naturales y jurídicas del régimen simplificado del impuesto al consumo; g) Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado; h) Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura, o como consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada; i) Los responsables del impuesto al consumo; j) Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM; k) Los agentes retenedores; l) Los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros; m) Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros; n) Los obligados a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo; o) La DIAN podrá requerir la inscripción de otros sujetos diferentes de los enunciados en los literales anteriores, para efectos del control de las obligaciones sustanciales y formales que administra.

p) Los inversionistas no residentes ni domiciliados en Colombia titulares de inversiones de capital del exterior de portafolio, independientemente de la modalidad o vehículo utilizado para efectuar la inversión.6. ¿Quiénes no están obligados a inscribirse en el RUT? Para efectos de las operaciones de importación, exportación tránsito aduanero, no estarán obligados a inscribirse en el RUT en calidad de usuarios aduaneros: Los extranjeros no residentes, diplomáticos, misiones diplomáticas, misiones consulares y misiones técnicas acreditadas en Colombia, los sujetos al régimen de menajes y de viajeros, los transportadores internacionales no residentes, las personas naturales destinatarias o remitentes de mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, salvo cuando utilicen la modalidad para la importación y/o exportación de expediciones comerciales.

Estos usuarios aduaneros podrán identificarse con el número de pasaporte, número de documento de identidad o el número del documento que acredita la misión. Lo anterior sin perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras responsabilidades u obligaciones a que estén sujetos. Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros deberán obtener la autorización que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca para el efecto la DIAN, mediante resolución de carácter general.7.

¿En qué momento debo inscribirme en el RUT? Respuesta: la inscripción en el Registro Único Tributario – RUT, deberá efectuarse en forma previa al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN y en general, a la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.

Las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, acorde con lo establecido en los artículos 592, 593 y 594-1 del Estatuto Tributario, tendrán plazo para inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la respectiva declaración.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de registrarse por una situación diferente.8. ¿Qué vigencia tiene la inscripción en el RUT? Respuesta: sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario – RUT, tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación.

(Parágrafo, artículo 6 Decreto 2460 de 2013 ) 9. ¿Necesito tener una cuenta de ahorros o corriente para poder inscribirme en el RUT? Respuesta: No, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 768 del 6 de mayo de 2016 ya no se requiere de la cuenta bancaria para la inscripción en el RUT.10.

¿Las sucesiones ilíquidas que no se hayan abierto formalmente ante juez o notario no se pueden inscribir en el RUT? Respuesta: Sí, de acuerdo con el Artículo 1.6.1.2.11 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 Cuando no se haya iniciado el proceso de sucesión ante notaría o juzgado, los herederos de común acuerdo podrán nombrar un representante de la sucesión, mediante documento autenticado ante notario o autoridad competente, en el cual manifiesten bajo la gravedad de juramento que el nombramiento es autorizado por los herederos conocidos.
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¿Qué se hace primero el RUT o la Cámara de Comercio?

Consulte a continuación: – Elija el modelo de documento que se ajusta a su necesidad y diligencie los campos requeridos: Consulte las principales formas jurídicas previstas en la legislación colombiana para el ejercicio de cualquier actividad económica, así como las características más relevantes de cada una de ellas: Número de personas que pueden conformar la empresa Una vez haya identificado y definido su actividad económica, deberá definir el número de personas involucradas en la creación de la compañía, con las siguientes opciones: Si decide hacerlo de manera individual, tendrá tres posibilidades: primero, ejercer su actividad empresarial como persona natural comerciante debidamente registrada ante la CCB; segundo, como empresa unipersonal; y tercero, como accionista único en una sociedad por acciones simplificada SAS.

  • Si ha decidido ponerla en marcha con dos o más personas, podrá escoger entre alguna de las sociedades comerciales: Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad por acciones simplificada, Sociedad en Comandita Simple o por Acciones, Sociedad Colectiva.
  • Desarrollo de la empresa en forma individual Podrá formalizar su empresa bajo cualquiera de las formas jurídicas que se indican a continuación: Persona natural comerciante “Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles”.

“La calidad de comerciante se adquiere, aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona”. En lo que se refiere al Registro Mercantil, la persona natural es aquel individuo que, actuando en su propio nombre, se ocupa de manera profesional de alguna o algunas de las actividades que la ley considera mercantiles.

Por ejemplo, la adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos de igual forma y la enajenación de los mismos; la intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones; asimismo, el recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés, etc.

La persona natural responderá con todo su patrimonio, tanto personal como familiar, por las obligaciones que adquiera en desarrollo de su actividad económica. Para llevar a cabo la formalización de su negocio o empresa, la persona natural deberá primero que todo solicitar su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), posteriormente efectuará su inscripción en la Matrícula Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, diligenciando los formularios del Registro Único Empresarial (RUE), de registro adicional con otras entidades y el de inscripción en el RUT.
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¿Qué diferencia hay entre el RUT y el RUN?

RUT es el acrónimo de Rol Único Tributario, y RUN el acrónimo de Rol Único Nacional. El RUT es, por tanto, su número de identificación fiscal chileno, mientras que el RUN es su número de identificación del registro civil. El número que está en la parte inferior izquierda de su cédula es entonces su RUN.
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¿Qué beneficios tiene el RUT provisorio en Chile?

En conclusión, ¿qué necesitas para sacar el RUT en Chile siendo extranjero? – Para obtener el RUT, hay que presentar algunos documentos que confirmen tu mayoría de edad, tu identidad y tu estado migratorio en Chile. De igual manera, hay que distinguir entre el RUT oficial y el RUT provisorio,

Obtener un certificado de trabajo. Contar con un contrato de trabajo notariado. Tener un pasaporte vigente.

Este RUT provisorio será presentado ante la AFP que trabaja con el empleador, y solo servirá para pagar sus contribuciones, No es, en ningún caso, un aval de identidad. En cuanto al RUT oficial, este se solicita directamente ante el Servicio de Impuestos Internos, Su trámite puede tardar de 3 a 4 semanas, y es necesario presentar los siguientes recaudos :

Pasaporte vigente con visa estampada. Fotocopia del pasaporte vigente. Certificado de registro de visa ante la PDI. Tarjeta de registro para extranjeros. Cédula de identidad para extranjeros.

Si posees todos estos documentos y tu estatus migratorio lo permite, entonces no deberías tener ningún problema tramitando tu RUT. Así mismo, y debido a la restricción de atención presencial en oficinas públicas por la pandemia de Covid-19, ahora puedes tramitar el RUT online, en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
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¿Cómo sacar RUT provisorio en Chile 2022?

1.- Gua paso a paso a) Para acceder a la gua paso a paso de Inscripcin al RUT para Extranjeros trmite normal, seleccione aqu. b) Para acceder a la gua paso a paso de Inscripcin al RUT para Extranjeros trmite simplificado, seleccione aqu,2. A qu se refiere este trmite? Segn el artculo 66 del Cdigo Tributario, ” Todas las personas naturales y jurdicas y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurdica, pero susceptibles de ser sujetos de impuestos, que en razn de su actividad o condicin causen o puedan causar impuestos, deben estar inscritas en el Rol nico Tributario de acuerdo con las normas del reglamento respectivo.” El SII es el encargado de inscribir en el RUT a las personas jurdicas y a las personas naturales extranjeras.

  • Para ello, otorga un nmero de inscripcin nico por contribuyente que lo identificar ante cualquier ente comercial o estatal en el pas. Subir 3.
  • Quines deben realizar este trmite? Todos los extranjeros que realizan algn tipo de inversin en el pas deben estar inscrito en el Rol Unico Tributario (RUT).
  • Se consideran inversiones entre otras a: compra de acciones o de bienes races, socios de empresas; en general, la adquisicin de bienes o derechos que requieren de formalidades y de inscripciones en registros pblicos) debern cumplir con la obligacin de inscribirse en el RUT En forma especial se ha creado un trmite simplificado que debe ser realizado por los Bancos y corredores de Valores autorizados que inscriben en el RUT a los inversionistas que inviertan en Chile a travs de ellos con el objeto de obtener rentas provenientes de las operaciones burstiles de compra y venta de acciones de sociedades annimas abiertas con o sin presencia burstil, de instrumentos de renta fija, intermediacin financiera, cuotas de fondos mutuos o ciertos contratos.( Res.

Ex. N 5412 de 2000, N 20 de 2001 y N 47 de 2004 ) Subir 4. Cundo se hace este trmite? Antes de efectuar algn tipo de inversin, es necesario inscribirse en el RUT y obtener la cdula RUT con su nmero nico. Subir 5. Dnde se hace este trmite? La inscripcin al RUT debe ser realizada en las Unidades del SII, bajo cuya jurisdiccin se encuentre el domicilio en el pas del extranjero.

En forma especial, se ha creado un mecanismo simplificado de inscripcin al RUT, mediante el cual, Bancos y Corredores de Valores autorizados, inscriben en el RUT a inversionistas extranjeros que inviertan en Chile a travs de ellas, con el objeto de obtener rentas provenientes de las operaciones burstiles de compra y venta de acciones de sociedades annimas abiertas con o sin presencia burstil, de instrumentos de renta fija, intermediacin financiera, cuotas de fondos mutuos o ciertos contratos ( Res.

Ex. N 5412 de 2000, N 20 de 2001 y N 47 de 2004 ) Subir 6. Requisitos para efectuar el trmite Los extranjeros que concurran a las Unidades, deben identificarse con su pasaporte, cdula de identidad del pas de origen o cdula de identidad obtenida en Chile (si ya la tienen) y llenar formulario de Inscripcin al RUT ( F-4415 ).

  1. Tambin podrn dar un poder ante Notario para que un mandatario los inscriba en su nombre.
  2. Si este poder est otorgado en el extranjero, debe ser visado por el consulado chileno en ese pas y por el Ministerio de Relaciones Extranjeras en Chile,
  3. Aquellos inversionistas que opten por el mecanismo simplificado de inscripcin al RUT a travs de Bancos o Corredores de Bolsa autorizados (custodios), debern identificarse debidamente ante esa institucin mediante copia simple del pasaporte, documento de identificacin del pas de origen o similar, u otro documento que el custodio estime pertinente.

Adems, debern cumplir con las restricciones propias de este mecanismo simplificado, tales como tipo de inversiones y origen de los fondos (ver detalles en Res. Ex. N 5412 de 2000, N 20 de 2001 y N 47 de 2004 ) Subir 7. Observaciones Subir 8. Normativa relacionada al trmite Este trmite se efecta para cumplir con la normativa del Decreto ley N 830, art.

Circular N 4 de 1995, Imparte instrucciones sobre la solicitud de inscripcin en el RUT y sobre la declaracin de inicio de actividades Res. Ex. N 5412 de 2000 que crea mecanismo simplificado para otorgar RUT a extranjeros sin residencia en Chile por transacciones burstiles que cumplan con requisitos que indica y el pago de los impuestos que procedan Res. Ex. N20 de 2001, que complementa la Res. Ex. N 5412 de 2000, que crea mecanismo simplificado para otorgar RUT a extranjeros sin residencia en Chile, respecto de inversiones en instrumentos de renta fija y otros que se indican. Res. Ex. N43 de 2001 que exime de la obligacin de dar aviso de inicio de actividades, llevar contabilidad y declarar sus rentas anualmente a contribuyentes sin domicilio ni residencia en chile que slo obtengan rentas de capitales mobiliarios.

Subir 9. Preguntas frecuentes del trmite Subir 10. Formularios relacionados al trmite Formulario 4415 : Disponible para ser descargado desde el sitio web del SII, para luego llenarlo desde su propio computador, imprimirlo y presentarlo en las unidades SII en original y copia. Recuerde lo siguiente:

Llene en su PC formulario 4415 e imprima el original y la copia del mismo.

Verifique que en la impresin aparezca el documento completo. Importante : el formato pdf de los formularios descargables del web del SII requiere la instalacin previa en su PC del programa Acrobat, Subir
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¿Cómo puedo sacar el RUT por internet?

​Puedes seguir solicitando tus citas para los trámites a través del sistema de agendamiento ubicado en www.dian.gov.co, en la opción ‘Asignación de Citas’. Allí puedes escoger la oficina virtual y el trámite según tu necesidad, preferencia y disponibilidad.
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¿Qué es y para qué sirve RUT?

Inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) – Conoce todo sobre el trámite en SUIT y/o GOV.CO Preguntas frecuentes ¿Qué es el RUT? El RUT, administrado por DIAN, constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN, así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la DIAN conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes.

¿Qué es el Número de Identificación Tributaria (NIT)? El NIT, es asignado por la DIAN y permite la individualización inequívoca de los inscritos, para todos los efectos, en materia tributaria, aduanera y de control cambiario y, en especial, para el cumplimiento de las obligaciones de la misma naturaleza.

Cuáles son los beneficios del RUT? El RUT permite contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.

  • Que terceros con quienes usted sostenga una relación comercial, laboral o económica identifiquen su actividad económica registrada en el RUT.
  • Acreditar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general.
  • Identificar y reconocer sus obligaciones Tributarias Aduaneras y Cambiarias (TAC) frente al Estado Colombiano.
  • Realizar los trámites relacionados con el cumplimiento de las obligaciones TAC a través de los servicios en línea y presenciales que le ofrece la DIAN.
  • Finalmente, define cada una de las responsabilidades de índole tributaria y aduanera a las cuales está sujeto, permitiéndole a la entidad ejercer un mejor control sobre el cumplimiento de estas y adicionalmente comunicarse oportunamente sobre el vencimiento de las obligaciones.

¿Qué costo tiene la inscripción en el RUT? La inscripción en el RUT no tiene ningún costo, el trámite es completamente gratuito, así como el formulario requerido para ello. ¿Quiénes están obligados a inscribirse en el RUT?

  • Las personas naturales sin residencia en Colombia y las sociedades y entidades extranjeras por cada establecimiento permanente o sucursal que tengan en el territorio nacional;
  • Las personas naturales sin residencia en Colombia y las sociedades y entidades extranjeras están obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario -RUT para el cumplimento de sus obligaciones fiscales, incluida la de declarar por las rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional percibidas directamente y no atribuibles a algún establecimiento permanente o sucursal en el país, cuando ello proceda de conformidad con lo previsto en los artículos 591 y 592 del Estatuto Tributario;
  • Los sujetos sin residencia o sin domicilio en Colombia que presten servicios desde el exterior, gravados con el impuesto sobre las ventas -IVA en Colombia, a sujetos que no estén en la obligación de practicarles la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas-IVA, prevista en el numeral 3 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, deberán inscribirse para el cumplimento de sus obligaciones fiscales, incluidas las de recaudar, declarar y pagar el impuesto sobre las ventas -IVA, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 420 y parágrafo 2 del artículo 437 del Estatuto Tributario;
  • Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, y demás impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN;
  • Los patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior, en desarrollo y cumplimiento de la regulación aduanera y aquellos casos que por disposiciones especiales deban contar con un Número de Identificación Tributaria – NIT individual;
  • Los inversionistas extranjeros obligados a cumplir deberes formales;
  • Los inversionistas no residentes ni domiciliados en Colombia titulares de inversiones de capital del exterior de portafolio, independientemente de la modalidad o vehículo utilizado para efectuar la inversión;
  • Las sucursales en el país de personas jurídicas o entidades extranjeras;
  • Las personas naturales que actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general que deban suscribir declaraciones, presentar información y cumplir otros deberes a nombre del contribuyente, responsable, agente retenedor, declarante, informante o inversionista extranjero, en materia tributaria, aduanera o cambiaría. Así mismo, deben cumplir con esta inscripción los revisores fiscales y contadores, que deban suscribir declaraciones por disposición legal;
  • Las personas y entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio y las personas naturales no responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares;
  • Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA y no responsables del impuesto sobre las ventas – IVA;
  • Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas – IVA, que requieran la expedición de NIT cuando por disposiciones especiales están obligadas a expedir factura, o como consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada;
  • Los responsables y no responsables del impuesto nacional al consumo;
  • Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM;
  • Los agentes retenedores;
  • Los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros;
  • Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros;
  • Los obligados a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo;
  • Los sujetos sobre los cuales la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN requiera la inscripción para efectos del control del cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales que administra;
  • Las personas que decidan acogerse voluntariamente al Impuesto Unificado SIMPLE; o
  • Quienes estén obligados al cumplimiento con las obligaciones sustanciales y formales de las estructuras sin personería jurídica o similares.

¿Puedo usar la copia de un poder especial para realizar el trámite de inscripción, actualización o cancelación del RUT? Cuando el poder especial esté dirigido a varias entidades para varios trámites o para diferentes áreas de la entidad, se aceptará copia de esta previa manifestación verbal o escrita del solicitante indicando que el original fue entregado para otro trámite u otra entidad.

  • Los extranjeros no residentes, diplomáticos, misiones diplomáticas, misiones consulares y misiones técnicas acreditadas en Colombia, los sujetos al régimen de menajes y de viajeros, los transportadores internacionales no residentes, las personas naturales destinatarias o remitentes de mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, salvo cuando utilicen la modalidad para la importación y/o exportación de expediciones comerciales.
  • Estos usuarios aduaneros podrán identificarse con el número de pasaporte, número de documento de identidad o el número del documento que acredita la misión. Lo anterior sin perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras responsabilidades u obligaciones a que estén sujetos.
  • Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros deberán obtener la autorización que acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca para el efecto la DIAN, mediante resolución de carácter general, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 75 de la Resolución Externa 8 de 2000, modificado por el artículo 1o de la Resolución Externa número 6 de 2004 y el artículo 3o de la Resolución Externa número 4 de 2005 de la Junta Directiva del Banco de la República.

¿En qué momento debo inscribirme en el RUT? La inscripción en el RUT deberá efectuarse en forma previa al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN, y en general, a la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.

Las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, acorde con lo establecido en los artículos 592, 593 y 594-1 del Estatuto Tributario, tendrán plazo para inscribirse en el RUT hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la respectiva declaración.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de registrarse por una situación diferente. ¿Necesito tener una cuenta de ahorros o corriente para poder inscribirme en el RUT?   No, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 768 del 6 de mayo de 2016 ya no se requiere de la cuenta bancaria para la inscripción en el RUT.     Las sucesiones ilíquidas que no se hayan abierto formalmente ante juez o notario, ¿no se pueden inscribir en el RUT?   Sí, de acuerdo con el artículo 1.6.1.2.11 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, Cuando no se haya iniciado el proceso de sucesión ante notaría o juzgado, los herederos de común acuerdo podrán designar entre ellos mismos a un heredero como representante de la sucesión, el cual se entiende presentado bajo la gravedad del juramento.

En el mencionado documento se deberá manifestar que el nombramiento es autorizado por los herederos conocidos. De existir un único heredero, este deberá suscribir un documento a través del cual manifieste que ostenta esta condición, el cual se entiende presentado bajo la gravedad del juramento. Tratándose de menores o incapaces, el documento mencionado se suscribirá por sus representantes o apoderados debidamente acreditados.

En estos casos se deberá aportar copia física o digital del documento que acredita la representación o del poder. ¿Qué vigencia tiene la inscripción en el RUT? Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el RUT, tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación.

¿Cómo me inscribo en el RUT? Dentro de la página de la DIAN encontrará herramientas como son cartillas (Cartilla de Inscripción en el RUT para Personas Naturales y/o Personas Jurídicas, Actualice el RUT en línea con y sin firma electrónica, Consultas RUT y Radica la solicitud de actualización de RUT con verificación en línea con y sin firma electrónica).

El trámite de inscripción, actualización y solicitud de cancelación en el RUT se podrá realizar de forma presencial:

  • Directamente por el interesado o por quien ejerza la representación legal, acreditando la calidad correspondiente;
  • A través de apoderado debidamente acreditado, el cual no requiere tener la calidad de abogado.

De forma electrónica a través de la página web de la DIAN, se podrán formalizar los siguientes trámites:

  • Inscripción en el RUT para las personas naturales no responsables del IVA que no realicen actividades mercantiles, previa verificación de información que realizará el sistema.
  • Actualización del RUT para las personas naturales y para las personas jurídicas por sus representantes legales con Firma Electrónica.
  • La radicación de las solicitudes de actualización del RUT sujetas a verificación y la radicación de la solicitud de cancelación del RUT, con Firma Electrónica, para aquellos inscritos a quienes la DIAN, le ha asignado tal mecanismo.

¿Si me encuentro en el exterior como realizo el trámite de inscripción, actualización o cancelación del RUT? Las personas naturales que se encuentren en el exterior podrán hacer su inscripción por la página Web de la entidad en el enlace de RUT virtual, o si lo desean también podrán usar al igual que las personas naturales sin residencia en Colombia, y las sociedades o entidades extranjeras sin domicilio en Colombia, responsables del impuesto sobre las ventas IVA, el servicio de “PQSR y Denuncias” de la página web de la DIAN, para enviar la solicitud de inscripción, actualización o cancelación del RUT, anexando para los primeros su documento de identidad y pasaporte escaneados, en donde conste la fecha de salida del país y el formato-tramite RUT debidamente diligenciado con todos los datos que la persona desea actualizar o como quiere que se inscriba y para los segundos, es decir los responsables de IVA aportando los documentos exigidos en el numeral 11 del artículo 1.6.1.2.11.

  • Del Decreto 1625 de 2016.
  • Una vez la DIAN, formalice el respectivo trámite, enviará a la dirección electrónica informada por el peticionario, el certificado del RUT.
  • Comunicada la inscripción o actualización de que trata el presente parágrafo, la misma tendrá plena validez sin que medie firma autógrafa en el formulario en señal de aceptación legal.

¿Cuáles son las sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en el RUT y obtención del NIT?

  1. Sanción por no inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT, antes del inicio de la actividad, por parte de quien esté obligado a hacerlo. Se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción, o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina.
  2. Sanción por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el Registro Único Tributario, RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del IVA. Se impondrá una multa equivalente a diez (10) UVT.
  3. Sanción por no actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización, por parte de las personas o entidades inscritas en el Registro Unico Tributario, RUT. Se impondrá una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información.
  4. Se impondrá una multa equivalente a cien (100) UVT por informar datos falsos, incompletos o equivocados, por parte del inscrito o del obligado a inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT.

¿Cómo puedo obtener una copia del Certificado del Registro Único Tributario?

  • Para solicitar la copia del RUT vía Internet es necesario crear y habilitar una cuenta, para ello por favor ingrese al enlace: https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefNuevosUsuarios.faces
  • Después de habilitada puede ingresar la opción “Obtener en 2 pasos su copia del RUT”: https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefLoginOld.faces

¿Las sucursales de sociedades extranjeras deben registrarse en el RUT? Sí, las sucursales de sociedades extranjeras que tengan la condición de sujetos pasivos de obligaciones o deberes formales de carácter tributario, aduanero o cambiario u otros que la ley colombiana les asigne y que deban cumplir ante la DIAN, deben solicitar la asignación de NIT para esto deben cumplir los mismos requisitos q se exigen para las sociedades nacionales.

  • ¿A los fondos de inversión extranjera se les debe asignar el NIT? Sí, los fondos de inversión de capital extranjero que por el desarrollo de sus actividades en el país hayan de cumplir obligaciones o deberes formales ante la DIAN, deben solicitar el NIT.
  • Los fondos de inversión de capital extranjero son regulados según lo establecido en el Estatuto Tributario articulo 18-1 y el decreto 4800 del 29 de diciembre de 2010.

¿Cuándo se puede realizar una Inscripción de oficio en el RUT? La DIAN podrá realizar de oficio la inscripción de los obligados, en el RUT, previa orden judicial o administrativa declarada por autoridad competente, siempre y cuando la medida indique los datos relacionados con la identificación, ubicación y clasificación del obligado.

  1. La DIAN, podrá realizar visita de constatación previa de ubicación y verificación de los datos suministrados en la orden.
  2. El acto administrativo que ordene la inscripción de oficio en el RUT se notificará de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario y estará sujeto a recurso de reposición de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Registrada la inscripción de oficio en el sistema informático de en el RUT, se comunicará al interesado a través de alguno de los medios utilizados por la DIAN para el efecto. Comunicada la inscripción, la misma tendrá plena validez legal. ¿Quiénes solamente pueden Consultar la información del Registro Único Tributario a través de los Servicios del Portal? Podrán hacer uso del servicio de consultas, las personas naturales que figuren como “Representantes” (Hoja 3) independientemente de que sean o no suscriptores de Firma Electrónica, ingresando a nombre de los terceros a los cuales se encuentran relacionados, a excepción de:

  • Asignatario
  • Donatario
  • Mandatario
  • Representante Aduanero
  • Agente de Aduanas
  • Comunero

Además, las personas naturales que cumplan alguno de los roles determinados en la Hoja 5 de “Revisor Fiscal y/o Contador”, independientemente de que sean o no suscriptores de Firma Electrónica, ingresando a nombre de los terceros a los cuales se encuentran relacionados:

  • Revisor Fiscal Principal
  • Revisor Fiscal Suplente
  • Contador

¿Quiénes no podrán utilizar estos servicios? El representante legal en calidad de Factor (administrador) y los Socios y/o Miembros de Juntas Directivas (Hoja 4). ¿Para la designación de agentes de retención en el impuesto sobre las ventas IVA, los interesados en obtener tal calidad deben cumplir con los siguientes requisitos? Los agentes retenedores de IVA son aquellos contribuyentes (personas naturales y jurídicas) que se encuentran autorizados para aplicar el cambio de sujeto del IVA, haciéndose responsables de la obligación tributaria de retener, declarar y pagar los impuestos a su cargo.

  • Ser persona natural o jurídica residente en el país, responsable del impuesto sobre las ventas.
  • Que la inscripción en el RUT sea igual o superior a 3 años, y que en dicho registro el contribuyente se encuentre activo y la información actualizada.
  • Encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones de presentación y pago de sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber sido sancionado por incumplimiento de los deberes de facturar e informar o por hechos irregulares en la contabilidad, durante los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber sido objeto de liquidación de corrección aritmética, liquidación de revisión o de aforo en ninguno de los impuestos administrados por la DIAN, durante los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar dentro del sesenta por 60% de los contribuyentes que representan el mayor recaudo en la Dirección Seccional de su domicilio, respecto de los valores declarados durante el año inmediatamente anterior por concepto de impuesto a cargo de renta, ventas y retención en la fuente.
  • No haber sido objeto de proceso de cobro coactivo, en el que se haya notificado mandamiento de pago dentro de los 2 años anteriores a la fecha de la solicitud y sobre el mismo no se hayan presentado excepciones, o estas se hubieren fallado negativamente en la vía gubernativa, dentro del mismo término.
  • No encontrarse en proceso de liquidación, reorganización, reestructuración, concordato o toma de posesión.

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¿Qué es y para qué sirve el RUT?

Contar con el RUT le permite: Que terceros con quienes usted sostenga una relación comercial, laboral o económica identifiquen su actividad económica registrada en el RUT. Acreditar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general.
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¿Cuál es el run de una persona?

El RUN es también el Rol Único Tributario de las personas naturales. El RUN y el RUT constan de dos partes separadas por un guion: el número correlativo y el dígito verificador o DV.
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¿Qué es el RUT en Ecuador?

Quejas, – Sugerencias y Felicitaciones ¿Qué es y para qué sirve? Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar esta información a la Administración Tributaria. Sirve para realizar alguna actividad económica de forma permanente u ocasional en el Ecuador. Base de datos del Registro Único de Contribuyentes Visualice este y otros catastros en el menú principal del portal web, sección Catastros. Clasificador Internacional Industrial Único Desde el lunes 29 de junio de 2015 el Clasificador Internacional Industrial Único (CIIU) se actualizó a la versión 4.0 séptimo nivel.

Personas naturales ecuatorianos y extranjeros residentes:
Sociedades privadas y extranjeros no residentes (sin cédula de identidad):

Dos primeros dígitos: código de la provincia donde se emite el número de RUC. Tercer dígito: siempre es 9. Del cuarto al noveno dígito: son números consecutivos. Décimo dígito: dígito verificador. Los últimos tres dígitos serán 001.

Sociedades públicas:

Dos primeros dígitos: código de la provincia donde se emite el número de RUC. Tercer dígito: siempre es 6. Del cuarto al octavo dígito: son números consecutivos. Noveno dígito: dígito verificador. Décimo dígito: siempre es 0. Los últimos tres dígitos serán 001.

Tipos de contribuyentes Personas naturales Son personas nacionales o extranjeras que realizan actividades económicas lícitas y pueden o no estar obligadas a llevar contabilidad.

Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad ¿Cómo cumplo con mis obligaciones tributarias?

Obligados a llevar contabilidad Deben cumplir con lo establecido en el Art.37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Contribuyentes obligados a llevar cuentas de ingresos y egresos Deben cumplir con lo establecido en el Art.38 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

La persona natural puede declarar sus impuestos bajo tres regímenes:

Régimen general Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están obligadas a inscribirse en el RUC, emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica. Declarar significa notificar al SRI sus ingresos y egresos y así establecer el impuesto a pagar. Usted puede realizar sus declaraciones a través de la opción Servicios en Línea en la página web del SRI www.sri.gob.ec Este servicio está habilitado las 24 horas durante los 365 del año.
Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano – RISE El RISE es un régimen de incorporación voluntaria que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta por cuotas mensuales y tiene por objetivo mejorar la cultura tributaria en el país. Para inscribirse se lo puede hacer en cualquier centro de atención del SRI a nivel nacional o a través de brigadas móviles. Ver información detallada sobre Régimen Impositivo Simplificado
Régimen Impositivo para Microempresas El Régimen Impositivo para Microempresas, es un régimen obligatorio, aplicable a los impuestos a la renta, valor agregado y a los consumos especiales para microempresas, incluidos emprendedores que cumplan con la condición de microempresas según lo establecido en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y el Reglamento correspondiente, siempre que no se encuentren dentro de las limitaciones previstas en la norma. Ver información detallada sobre Régimen Impositivo para Microempresas

Base legal y preguntas frecuentes Inscripción de RUC Ingrese sus datos para obtener su número de RUC e iniciar actividades económicas haciendo clic aquí, Para realizar este trámite se podrá optar por los siguientes canales de atención:

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