Como Comprar Un Terreno En Chile?

Como Comprar Un Terreno En Chile
Lo principal es verificar que estás comprando un terreno – si te están ofreciendo derechos, acciones o cuotas no es un terreno – Este terreno debe estar inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, pues es lo único que acredita que el vendedor es realmente el dueño del terreno, mediante una
Ver respuesta completa

¿Cuánto es el minimo para comprar un terreno en Chile?

2.1. ¿Existe un metraje mínimo para subdividir? ¿Cambia según el tipo de suelo? – Existe un mínimo para subdividir predios, el cual será distinto dependiendo del tipo de suelo, así si el terreno es agrícola, el mínimo en que se podrá dividir será de 5.000 MT2, mientras que en el caso de bienes raíces urbanos, este límite se reduce a 300 MT2 por lo general, pero en el caso de las comunas más pobladas del país, este límite se puede reducir hasta los 100 MT2.
Ver respuesta completa

¿Qué ver antes de comprar un terreno en Chile?

Cualquiera que sea la opción de compra se deben tener en consideración los siguientes aspectos: si es de fácil acceso, tipo de terreno, aspectos legales, si posee derechos de agua, luz y alcantarillado; es de total importancia este punto, la persona debe cerciorarse de que el terreno tenga acceso a los servicios
Ver respuesta completa

¿Qué pasa si me tomo un terreno en Chile?

Derechos habitacionales: Qu hacer ante una toma ilegal domingo, 24 de febrero de 2019 AXL HERNNDEZ MACALUP Lnea Directa Comunidad El Mercurio Segn los expertos, la gravedad del hecho depender de si existi violencia o no durante la ocupacin del lugar.

  1. Las multas se consideran bajas.
  2. La semana pasada se viraliz en redes sociales el caso de una toma habitacional en La Serena.
  3. A raz de este episodio, Lnea Directa ha recibido consultas respecto de los pasos a seguir en este tipo de situaciones.
  4. Le sucedi a Sergio Estvez, quien nos coment en su carta que en El Quisco tambin han ocurrido estos hechos.

“Con intranquilidad me enter, a travs de la televisin, de que algunos antisociales, aprovechando la ausencia de sus dueos, se apoderan de sus casas y no hay cmo expulsarlos”, nos seal. Segn Hugo lvarez, miembro del equipo jurdico de lvarez & Ca. Abogados, este tipo de tomas tiene distintas aristas y depende mucho de a quin pertenezca el inmueble y la forma en la que la persona se apropi del lugar.

Hay dos tipos de tomas: habitacionales y de terreno. En el primer caso se suele recurrir a la justicia para lograr el desalojo, mediante una demanda civil. Distinto es si el terreno es propiedad de un municipio, ya que el desalojo suele depender directamente de la voluntad del organismo, aade. “Generalmente, este tipo de cosas tiene un trasfondo social.

Si son particulares, se persigue jurdicamente el desalojo de los terrenos, pero cuando son predios municipales, a veces se hace la vista gorda por las condiciones de las personas que realizaron el acto”, asegura lvarez. Algo que le parece negativo, en el largo plazo.

Cuando se quiere dar trmino a las tomas de terreno, segn el experto, suele demorar ms, debido a los datos probatorios que son necesarios para realizar el desalojo. Puede durar meses e incluso aos, indica. Acciones a seguir No obstante, en caso de personas particulares o empresas, se puede llegar a tomar varios caminos legales.

En primer lugar, si la persona que se encuentra dentro del inmueble resida previamente ah como un arrendatario y dej de pagar, el propietario de la casa puede presentar una demanda de arrendamiento con desalojo. Para esto deber presentar un certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Races o la escritura de compraventa de la propiedad, un recibo de renta (si los hay), cuentas de servicios bsicos (luz, agua, telfono) y una lista de testigos, que no sean parientes, que declaren en el juicio.

  • En segundo lugar, en caso de que la persona no tenga ningn tipo de relacin con el dueo del inmueble, este ltimo puede solicitar una demanda civil por comodato precario, regulada mediante el artculo 2.195 del Cdigo Civil.
  • Suele ser la que con mayor frecuencia se interpone en los tribunales para que el dueo recupere su propiedad.

Esto permite, en caso de haber sentencia, cobrar todos los daos que pueda haber sufrido la propiedad, adems de realizar un desalojo, con fuerza policial, de ser requerido. De todas formas, segn el abogado, este proceso judicial no debera demorar mucho.

  1. Puede haber una sentencia de desalojo dentro de un plazo de 40 o 45 das y se podra hacer efectiva en un mximo de 60 das, para as coordinar con Carabineros el acompaamiento de la accin”, afirma.
  2. Sin embargo, en caso de existir una toma violenta del inmueble, se puede recurrir a una accin penal por usurpacin.

Interponer este tipo de acciones a travs de una querella criminal puede servir como mecanismo para que el dueo recupere materialmente su propiedad. Esto debido a que en el proceso penal es posible alcanzar una salida alternativa con el querellado, producindose no solo la intervencin del juez, sino tambin la de un fiscal del Ministerio Pblico, que puede auxiliar en la solucin del conflicto.

Adems, asegura, hay un tercer escenario. “Puede ocurrir, por ejemplo, que exista un cuidador que haya vivido 30 aos en una pequea casa y ahora el nuevo dueo no lo quiera ah”, comenta. No obstante, en ese caso no necesariamente hay una toma violenta, sino que pacfica. En tal situacin, el dueo del lugar puede recurrir a una “accin reivindicatoria”.

Mediante ella el propietario solicita al juzgado que se realice una sentencia donde el inquilino deba devolver el inmueble. Sanciones Las sanciones en este tipo de casos estn directamente relacionadas con el nivel de violencia utilizado por las personas al realizar la toma del inmueble.
Ver respuesta completa

¿Qué impuestos se paga al comprar un terreno?

Nos referimos al impuesto a la renta, impuesto predial y arbitrios que corresponde al vendedor, y la alcabala que paga el comprador. Sin embargo, en ambos casos se presentan excepciones y supuestos que liberan a las partes del pago.
Ver respuesta completa

You might be interested:  Como Revisar Libreta De Ahorro Antigua?

¿Quién paga los gastos de notaría y registro en una compraventa?

Los acuerdos comprador – vendedor – Pero la realidad es que en la mayoría de los casos, ese “salvo pacto en contrario” es lo que solemos encontrar en los ‘contratos de arras’ y en las escrituras de compraventa, Es una costumbre que el comprador y el vendedor lleguen a acuerdo beneficioso para ambos, y repartan los gastos de la compraventa y acuerden pagarlo a medias.

Las cantidades dependen del precio de la vivienda, pero para una vivienda de 250 mil euros, los gastos notariales serían de aproximadamente 495 euros. Para una vivienda de 500 mil euros, los gastos notariales serían de aproximadamente 585 euros. Hay que aclarar que no es obligatorio contratar los servicios de un notario para la compraventa de un inmueble, pero sí lo es para la firma de una hipoteca, entre el 0,3% y el 0,5% del importe total, además de las copias del comprador y del banco.

Esos gastos son asumidos por la entidad financiera, por lo que el comprador no debe preocuparse de ello. : ¿Quién paga los gastos de notaría en la compraventa de una vivienda?
Ver respuesta completa

¿Cuántos metros se necesitan mínimo para escriturar en Chile?

¿Cuál es la medida mínima para subdividir un terreno urbano? – En los terrenos urbanos la medida mínima para subdividir está fijada por el plan regulador de la comuna en que se encuentra el terreno. La regla general es que la superficie predial mínima puede ser desde los 300 metros cuadrados.
Ver respuesta completa

¿Qué pasa si compro un terreno de menos de 5000?

TERRENOS DE MENOS DE 5 MIL METROS SON IRREGULARES Y CONSTITUYEN DELITO. Si le ofrecen un terreno de menos de 5000 metros cuadrados, es un loteo irregular.
Ver respuesta completa

¿Cómo saber si un terreno tiene dueño o es fiscal?

Preguntas usuales sobre terrenos ¿Puede haber un lote que no tenga dueño? No hay lotes sin dueño. Un lote siempre tiene dueño. Puede ser del Estado (Nación, Provincia o Municipio). Puede ser de una persona particular. El dueño puede haber fallecido o abandonado el lote, pero eso no significa que no tenga dueño.

  • Pueden ser los herederos o puede ser que el dueño haya regalado el lote.
  • Eso se atestigua con papeles.
  • ¿Cómo conseguir los datos catastrales? Cuando no tenemos los datos catastrales del terreno, los podemos conseguir así:,
  • Pidiendo los del vecino.
  • La circunscripción, la sección y la manzana de mi terreno son las mismas del vecino.

Sólo me faltará averiguar el lote o parcela. Haciendo un plano de mi manzana, con el nombre de las cuatro calles. Ese planito sirve para buscar en los grandes planos catastrales. Los grandes planes catastrales los hace el Municipio y se pueden pedir allí.

  • ¿Cómo saber cuál es el verdadero dueño? No guiarse por lo que dice la gente.
  • El único que informa la verdad es el Registro de la Propiedad Inmueble.
  • Hay que pedir los datos catastrales.
  • Para ello, hay que tener los datos catastrales, que son: circunscripción, sección, manzana y lote o parcela.
  • Imaginemos un lote que esté ubicado en: Circunscripción V – Sección E – Manzana 210 – Lote o Parcela 8.

Estos cuatro datos son como los nombres y apellidos del lote, y lo distinguen de todos los otros. : Preguntas usuales sobre terrenos
Ver respuesta completa

¿Qué tengo que hacer para poner un terreno a mi nombre?

Requisitos para escriturar un terreno 22 de Julio del 2019 Comparte en: En varios artículos vamos a mencionarte las escrituras, y seguramente ya has escuchado hablar de ellas en otros lugares y situaciones. Pero ¿qué son y cuáles son los requisitos para escriturar un terreno? De manera sencilla, las escrituras son el documento que demuestra quién es el dueño de una propiedad.

  1. Se hace frente a un notario público que las firma y avala.
  2. En las escrituras se incluyen otros documentos y registro de trámites que sirven para demostrar la propiedad, también tienen las características físicas y jurídicas.
  3. Es muy importante que tengas las escrituras en orden, porque todos los trámites y acciones que quieras hacer en tu terreno y con tu construcción van a necesitar que muestres tus escrituras: por ejemplo, para comprar, vender o conseguir un permiso de construcción.

Las escrituras te dan seguridad, certeza y protección legal. Asegúrate de tener en orden este trámite para evitarte problemas.

Para poder escriturar tu propiedad lo primero que debes hacer es ir con un notario, que pedirá un certificado y revisará el registro de compra; el notario también checa el uso de suelo y que no haya deudas en el pago de impuestos, en especial el predial y el agua.Después, prepara los documentos para que se firmen y tramita la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, y se hacen las copias certificadas de las escrituras.Cuando vayas con el notario, te va a pedir que tengas listos ciertos documentos para poder hacer el trámite. Por ejemplo:

Un avalúo de la propiedad: es una estimación de lo que vale el terreno o propiedad. Lo hacen especialistas después de hacer una investigación.Los documentos necesarios para demostrar que no hay impuestos adeudados: pueden ser el predial o el agua. Y también los que tienen que ver con el testamento en caso de que hayas heredado el terreno.Documentos de gravámenes hipotecarios: estos son para demostrar que tu terreno está libre de cualquier deuda, en especial si pediste algún préstamo hipotecario con un banco o institución financiera.Algún otro papel que el notario considere: el notario te indicará si necesitas presentar otro documento para continuar el trámite de tus escrituras.

Ver respuesta completa

¿Cuántas casas se pueden construir en un terreno en Chile?

Excepcionalmente, se podrán construir proyectos de vivienda de edificación colectiva que contemplen hasta un máximo de 12 unidades, incluida la existente, si la hubiere, en tanto no superen una densidad neta de 220 viviendas/hectárea y no exista subdivisión predial de por medio.
Ver respuesta completa

¿Cuál es la diferencia entre un terreno y una parcela?

CAPITULO 3. TERRENOS Y PARCELAS Art.3.3.1. Terreno 1. Se entiende por terreno la porcin de suelo incluida en un mbito delimitado, que sirve como unidad de referencia. Art.3.3.2. Parcela 1. Se entiende por parcela la superficie de terreno deslindada como unidad predial.

La unidad parcelaria es el soporte de los usos pormenorizados definidos por el planeamiento y del aprovechamiento urbanstico.2. Cuando la edificacin est indisolublemente vinculada a una parcela, esta circunstancia deber hacerse constar registralmente, junto con el sealamiento de su aprovechamiento y de las condiciones urbansticas bajo las que se hubiera edificado.3.

La segregacin de fincas en que exista edificacin deber hacerse indicando el aprovechamiento que les corresponda segn planeamiento, especificando para cada una el ya consumido por las construcciones que en ella hubiera, que no podr en ningn caso exceder al autorizado por el Plan.

  • Art.3.3.3.
  • Linderos 1.
  • Se denominan linderos las lneas perimetrales que establecen los lmites de una parcela.2.
  • Tendr la consideracin de lindero frontal, aquel o aquellos que delimitan la parcela respecto al viario o espacios libres pblicos.3.
  • El Ayuntamiento podr exigir a los propietarios el amojonamiento y sealamiento de los linderos de parcela.
You might be interested:  Como Comprar En El Extranjero Con Cuenta Rut?

Art.3.3.4. Frente y Fondo de parcela 1. Se entiende por frente de parcela su dimensin de contacto con viario o espacio libre pblico.2. Se entiende por fondo de parcela la distancia mxima entre su frente y cualquier otro punto de la parcela, medida en perpendicular al frente de referencia. 3. En el caso de ms de un lindero frontal o de linderos no rectos se estar a los criterios de frente y fondo sealados grficamente en la figura 1 adjunta o los que, en casos singulares no directamente reflejados en ella, fuesen anlogos. Art.3.3.5. Condiciones de parcela mnima 1.

  1. Son condiciones de parcela mnima las establecidas por el Plan o en su desarrollo como la unidad mnima de parcelacin y/o edificacin a los efectos previstos en el artculo 258 y concordantes de la Ley del Suelo.
  2. Las condiciones de parcela mnima fijadas por el Plan para un terreno podrn ser ampliadas pero no mermadas en desarrollo del planeamiento.2.

Debern regularizarse los linderos cuando algn lindero lateral medianero entre dos fincas no sea perpendicular a la alineacin de fachada, y forme con ella un ngulo interior inferior a 45. Se exceptan de esta condicin los casos en que la regularizacin no sea posible, por estar protegida alguna de las fincas, o por no preverse la sustitucin de su edificacin en un plazo de 15 aos, o por tener la edificacin existente colindante un aprovechamiento materializado superior al 50% del patrimonializable.3.

  • Las condiciones de parcela mnima sern siempre exigibles a efectos de segregacin de fincas o definicin de fincas resultantes en proyectos de compensacin, parcelacin o reparcelacin.4.
  • A efectos de edificacin, las condiciones de parcela mnima slo sern exigibles: a) En suelos urbanizables de conformidad con lo establecido en esta Normativa y en las fichas correspondientes y, en su caso, por la normativa de la figura que desarrolle el planeamiento.

b) En suelo urbano siempre que mediare unidad de ejecucin y, en todo caso, en los niveles 2 y 3 conforme se definen en el Ttulo 10 de esta Normativa. Art.3.3.6. Superficies brutas y netas de suelo 1. Se entiende por superficie bruta de un mbito, sector, unidad de ejecucin o parcela, la comprendida dentro de su permetro.2.

a) La resultante de sumar las superficies netas de todas las parcelas que alberga; o, b) La resultante de deducir de su superficie bruta los suelos destinados a viario y espacios libres pblicos.

4. Se entiende por superficie neta lucrativa la resultante de deducir de la superficie neta de un mbito, sector o unidad de ejecucin o parcela la superficie de los suelos calificados como equipamiento o infraestructura pblicos. Art.3.3.7. Solar Para que una parcela o porcin de terreno clasificado como suelo urbano o urbanizable adquiera la consideracin de solar, establecida en el artculo 14 de la Ley del Suelo, deber cumplir las siguientes condiciones:

a) Planeamiento : tener aprobado definitivamente el planeamiento sealado para el desarrollo del rea en que se encuentre, estar destinada por el planeamiento a un uso que requiera edificacin y tener sealadas alineaciones y rasantes. b) Gestin : tener cumplidas las determinaciones de gestin fijadas por el planeamiento y, en su caso, las correspondientes a la unidad de ejecucin en que est incluida a efectos de distribucin de beneficios y cargas. En todo caso habr de cumplirse que, de la edificacin del solar no podrn resultar restos inedificables en la manzana. c) Urbanizacin : contar con calzada pavimentada, encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexin con la red de alcantarillado, alumbrado pblico y suministro de energa elctrica, en todo el frente o frentes en su caso a va urbana prevista en el planeamiento. Cabr autorizar la edificacin de parcelas carentes de estas condiciones de urbanizacin, cuando se asegure la ejecucin simultnea de construccin y urbanizacin con arreglo al artculo 40 del Reglamento de Gestin Urbanstica. d) Dimensionales : satisfacer las condiciones de parcela mnima que, conforme al artculo 3.3.5 y a la normativa de zona o de desarrollo de planeamiento, le fuesen aplicables. e) Acceso : contar con pavimentacin de acera y calzada en al menos dos tercios de la seccin transversal prevista en planeamiento para el vial de enlace con la red viaria en funcionamiento.

Art.3.3.8. Terreno edificable 1. Para que una parcela, o porcin de terreno, clasificada como suelo no urbanizable pueda ser edificable, ha de cumplir las siguientes condiciones:

a) Planeamiento : pertenecer a una categora o situacin especial en suelo no urbanizable en que el Plan General admita la edificacin y cumplir las condiciones de dimensin y forma establecidas en estas Normas. b) Acceso : contar con acceso directo desde carretera o camino pblico, apto para ser utilizado por automviles. c) Salubridad : contar con agua potable, sistema de evacuacin de aguas negras y energa elctrica, si los usos a que se fuese a destinar la edificacin requiriesen tales servicios.

Art.3.3.9. Parcelaciones urbansticas 1. Se considera parcelacin urbanstica la divisin simultnea o sucesiva de terrenos en dos o ms lotes, cuando pueda dar lugar a la constitucin de un ncleo de poblacin.2. No se podr efectuar ninguna parcelacin urbanstica sin que previamente haya sido aprobado el planeamiento exigible segn la clase de suelo.3.

No cabr realizar parcelaciones urbansticas en suelo no urbanizable. Art.3.3.10. Deslindes 1. A efectos de su consideracin urbanstica el Plan considera deslinde la separacin terica de dos situaciones de planeamiento diferentes. Art.3.3.11. Alineaciones 1. Se entiende por alineaciones las lneas que establecen las condiciones de trazado de manzanas o parcelas, mediante las cuales se define la forma de la ciudad.

El Plan seala dos tipos de alineaciones:

a) Alineaciones exteriores de manzana : establecen el permetro exterior de la manzana, separando las vas y espacios libres pblicos y anexos que la delimitan, de las parcelas, espacios libres y viario interior que la componen. b) Alineaciones interiores de manzana : establecen, en su caso, la delimitacin entre viario y/o espacios libres pblicos interiores, y las parcelas que integran la manzana.

2. El Plan establece alineaciones vinculantes e indicativas.

a) Las alineaciones de carcter vinculante no pueden ser alteradas por los instrumentos de desarrollo del Plan General, salvo que medie trmite de modificacin de planeamiento. b) Las alineaciones indicativas son una pauta pero no una determinacin vinculante. Salvo que la regulacin especifica de cada clase de suelo imponga otras condiciones, la concrecin de las alineaciones indicativas contenidas en Plan General se har:

, En suelo urbanizable: por el plan parcial., En suelo urbano perteneciente a reas especficas: mediante la figura de planeamiento que determine la ficha correspondiente y, en defecto de la misma, mediante estudio de detalle., En suelo el resto del urbano consolidado: mediante plan especial o estudio de detalle.

3. Las alineaciones exteriores de manzana que formen entre s un ngulo inferior a 120 grados sexagesimales, medidos en cualquier sentido, se acordarn entre s de la manera siguiente:

a) En zonas de edificacin de manzana alineada, mediante chafln formado por el segmento que une los puntos de cada alineacin situados a una distancia de 3,00 metros de la concurrencia terica de dichas alineaciones. b) En el resto de las zonas, mediante arco de 4,00 metros de radio tangente a las alineaciones concurrentes.

You might be interested:  Como Activar El Ahorro De Datos En Xiaomi?

4. El chafln, o acuerdo, a que se refiere el punto anterior tendr, a todos los efectos, la consideracin de alineacin exterior de manzana. Art.3.3.12. Rasantes 1. Se entiende por rasante la cota que determina la elevacin de un punto del terreno respecto de un plano de referencia.

  1. Salvo indicacin expresa se considera como plano de referencia el de la cartografa que sirve de base al planeamiento.2.
  2. El Plan General y, en su caso los instrumentos de planeamiento, establece, o pueden establecer, las rasantes mediante alguno de los siguientes procedimientos: a) De modo expreso y completo, fijndolas para todo el perfil de un segmento del viario o de un espacio libre.

b) De modo expreso y parcial, fijando la altimetra de las intersecciones o de puntos significativos del trazado y confiando al desarrollo del planeamiento o proyecto de urbanizacin la determinacin del resto. c) Por remisin a situaciones consolidadas, adoptando implcitamente la de viales o espacios libres ya ejecutados salvo que hubiera determinacin expresa que los alterase.

  • D) Por remisin explcita, o, en su defecto implcita, a figuras de planeamiento o proyectos de infraestructuras de sistema general definitivamente aprobados con anterioridad al Plan General.
  • Art.3.3.13.
  • Rasantes del terreno 1.
  • Se entienden por rasantes del terreno las que definen referencias altimtricas de los puntos de su superficie.

El Plan General distingue las siguientes:

a) Natural : la altura no modificada de su superficie. b) Terica : la altura menor, en cada punto de la parcela, de las tericas superficies regladas que puedan formarse al unir en proporciones iguales y por lneas rectas las aristas que definen, en el tramo de la parcela, las alineaciones opuestas de manzana, o en su caso las alineaciones de manzana y alineaciones interiores de manzana vinculantes. Se definir en todos los casos segn la rasante de: el vial o espacio libre pblico previsto en el planeamiento o el realmente ejecutado. c) Resultante o de proyecto : la altura asignada en proyecto al espacio libre de parcela, si lo hubiera. En las zonas ocupadas por edificacin, se entender como rasante resultante del terreno la definida conforme a b) apoyada en las lneas de interseccin del edificio con el terreno.

2. En los casos especiales debidos a condicionantes topogrficas, relaciones de colindancia existentes, confluencia de diferentes tipologas dentro de una misma manzana, excesiva distancia entre las alineaciones de manzana, edificaciones consolidadas construidas con una rasante incompatible con la terica o situaciones anlogas, el Ayuntamiento podr exigir o en su caso admitir la adaptacin de la rasante terica a dicha realidad mediante Estudio de Detalle que justifique la bondad de la solucin propuesta desde la percepcin de la imagen urbana de la ciudad.
Ver respuesta completa

¿Qué significa comprar los derechos de un terreno en Chile?

¿Qué es la cesión de derechos? – La cesión de derechos en Chile es la decisión que toma un propietario sobre sus bienes con el objetivo de transferir un derecho a otra persona quien será el nuevo poseedor. Para que esto sea posible, es necesario cumplir una serie de requisitos que solicita la ley en Chile.

  • • Cedente : el que transfiere el terreno o casa.
  • • Cesionario : quien recibe por transferencia una propiedad.
  • • Objeto : el terreno o casa que se cederá.
  • • Título : el documento legal que indica al cesionario como nuevo titular.

Ver respuesta completa

¿Cómo ser dueño de un terreno abandonado?

¿Es posible adueñarme de una casa abandonada? La Figura de la Prescripción Adquisitiva es la encargada de marcar el camino a seguir en el caso de inmuebles deshabitados ¿Puedo adueñarme de una casa abandonada o deshabitada? Esa es la pregunta que ronda la mente de muchos mexicanos.

  • Hoy en día, existe un fenómeno grande de viviendas deshabitadas o abandonadas.
  • Según cifras del Infonavit, el cálculo de viviendas abandonadas llega a 650,000 a nivel nacional.
  • Antes de pasar a la pregunta central, debes conocer que una vivienda abandonada no quiere decir que no tenga dueño.
  • Y aunque esté vandalizada o descuidada, hay un propietario del inmueble.

Y es que ya sea que el dueño la terminó de pagar, pero no la habita, o que la familia que la habitaba la dejó de pagar, y ahora le pertenece a la institución que le otorgó el crédito para comprar la casa, pero la vivienda deshabitada/abandonada tiene un dueño.

  1. Aclarado ese punto, ¿es posible apropiarse de una vivienda abandonada/deshabitada? La respuesta es sí.
  2. Gracias a la figura de la Prescripción Adquisitiva, una persona que por buena o mala fe toma posesión de un inmueble puede aspirar a convertirse en el dueño.
  3. La Prescripción Adquisitiva advierte que una persona puede adquirir un bien a través de poseerlo por un lapso de tiempo determinado.

Claro que para hacer efectiva la figura, es necesario emprender un procedimiento nada sencillo y que cuesta, en donde se demuestre la posesión del inmueble durante un tiempo determinado e ininterrumpido; además que implica la resolución de un juez. Esta figura contempla tanto la prescripción positiva y la prescripción negativa.

En el primer caso, la ley favorece a quien ha ocupado el inmueble en un periodo que va de 5 a 10 años, por lo que se le concede el derecho sobre la propiedad. Por el contrario, la figura de prescripción negativa parte de la premisa que una persona propietaria que no ejerció su derecho de la propiedad, al descuidarla, pierde la posesión sobre el inmueble.

José Antonio Manzanero, titular de la notaria 138 y expresidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM) lo explica así: “La figura de prescripción adquisitiva es una forma de adquirir un bien por el transcurso del tiempo o de extinción de obligaciones y derechos, también por el transcurso del tiempo, porque admite la vertiente de la prescripción positiva o la prescripción negativa.

“De esta forma, si alguna persona que tiene un derecho no ejercita en cierto tiempo sus derechos, pierde la facultad de ejercitarlos. Y si una persona es propietaria y no vigiló su propiedad y alguien más de buena o de mala fe ocupó ese inmueble, se puede llegar a adquirir este bien por el transcurso del tiempo a través de una sentencia de un juez.

El juez como no sabe si es buena o mala fe, y sólo sigue los términos que marca la ley, declara propietaria a una persona”.
Ver respuesta completa

¿Qué pasa si compro un terreno de menos de 5000?

TERRENOS DE MENOS DE 5 MIL METROS SON IRREGULARES Y CONSTITUYEN DELITO. Si le ofrecen un terreno de menos de 5000 metros cuadrados, es un loteo irregular.
Ver respuesta completa

¿Cuánto es lo minimo que puede medir un lote?

A) Lotes urbanos: frente 10 m; superficie 200 m2. b) (Texto original) Lotes residenciales: se entenderán como tales a aquellos que de acuerdo a la legislación vigente deben tener un frente mínimo de 15 m; superficie 400 m2.
Ver respuesta completa